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Abriendo la ficha…

Pliego

Proyecto Pliego Serie Familia Espejo - noviembre 2025-14.pdf

Contratación de Servicios de Producción Audiovisual Externa para la Segunda Temporada de la Serie "La Familia Espejo" (Uso CERTV/RTVD) · Corporación Estatal de Radio y Televisión

Publicado el 5 dic de 20259 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CERTV-CCC-PEOR-2025-0007

Lo que dice

El documento establece las condiciones técnicas y administrativas de la contratación excepcional de servicios de producción audiovisual para la segunda temporada de «La Familia Espejo», con un presupuesto de RD$11,000,000 y una ejecución de cuatro meses. Fija como fecha límite para presentar ofertas el 5 de diciembre de 2025 a las 2:33 p. m. y contempla un pago de 20 % tras la firma y 80 % contra entrega, aunque otra cláusula describe pagos mensuales. El portal registra a La Gozadera Producciones Cinematográficas, SRL como adjudicataria por RD$11,000,000.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$11 millones

Plazo de presentación concentrado en el día de la convocatoria

Documento del 5 dic 2025 · hace 10 meses

El portal registra tanto la publicación como el cierre de ofertas el 05/12/2025, y el pliego fija el cierre ese día a las 2:33 p. m. El plazo resulta especialmente breve para una producción de cuatro meses presupuestada en RD$11,000,000; aunque se trata de una excepción de selección directa, el reglamento exige plazos razonables y proporcionales para los procedimientos de excepción.

“El Oferente/Proponente deberá presentar su propuesta a más tardar el viernes cinco (5) del mes de diciembre del año dos mil veinticinco (2025), a las 02:33 p.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción

Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…

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A revisarHallazgo en documentosRD$11 millones

Evaluación técnica y verificación de entregables poco precisas

Documento del 5 dic 2025 · hace 10 meses

La evaluación técnica se limita a comprobar que se presente una propuesta conforme a lo requerido, sin detallar en el pliego parámetros medibles para comparar o aceptar el resultado de los servicios. La descripción incluye episodios y personal, pero el documento no precisa características verificables de los entregables audiovisuales; esto dificulta evaluar la propuesta y comprobar el cumplimiento contractual.

“Propuesta de los servicios a ofrecer, de acuerdo a lo requerido por la institución. … No se entenderán ejecutados los servicios que no hayan sido objeto de recepción definitiva.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Inconsistencia entre las condiciones de pago previstas

Documento del 5 dic 2025 · hace 10 meses

Una cláusula dispone un avance del 20 % y el 80 % contra entrega, mientras otra prevé pagos mensuales tras la recepción satisfactoria de facturas. La diferencia deja sin precisar cómo se concilian los pagos mensuales con el esquema porcentual y los hitos de entrega.

“El ochenta por ciento (80%) restante contra la entrega en la Dirección de Producción de esta CERTV, factura original y recibido conforme de la Dirección de Producción. … Luego de la recepción satisfactoria de la factura, la Entidad Contrata”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

ContextoHallazgo en documentosRD$11 millones

Oferta registrada por el mismo monto que el presupuesto

Documento del 5 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego fija un presupuesto de RD$11,000,000 y el portal registra una sola oferta, de La Gozadera Producciones Cinematográficas, SRL, por ese mismo monto, además de un contrato por igual valor. La coincidencia no demuestra sobreprecio, pero merece revisión del sustento del costo estimado y de la razonabilidad económica al no constar otras ofertas registradas.

“RD$11,000,000.00”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

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ContextoHallazgo en documentos

Ajuste cambiario sin identificar la parte del precio expuesta

Documento del 5 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego permite considerar ajustes si la variación del dólar supera el 5 %, pero no identifica qué componentes del servicio están vinculados a esa moneda ni delimita en esta cláusula una base económica para aplicarlo. Conviene verificar cómo se fijó el ajuste y su impacto potencial sobre el monto contratado.

“La Corporación Estatal de Radio y Televisión (CERTV) podrá considerar eventuales ajustes, una vez que las variaciones registradas sobrepasen el cinco por ciento (5%) con relación al precio adjudicado o de última aplicación.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
La Gozadera Producciones Cinematográficas, SRLEl portal registra el proceso adjudicado y un contrato activo confirmado por RD$11,000,000.Adjudicado—RD$11,000,000

Otros documentos del proceso (4)

  • DICTAMEN JURIDICO.pdfDictamen · 4 dic de 2025
  • informe pericial.pdfInforme justificativo · 4 dic de 2025 · 2 señales
  • RESOLUCION 021.pdfResolución · 4 dic de 2025 · 1 señal
  • solictud de compras.pdfSolicitud de compra · 5 dic de 2025 · 1 señal

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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