El pliego de diciembre de 2025 establece las condiciones para el suministro e instalación de tramería en cinco recintos y la Rectoría del ISFODOSU, con un valor referencial de RD$5,334,609.44 y adjudicación por ítems al menor precio entre las ofertas que cumplan. La convocatoria fue publicada el 5 de diciembre de 2025; el cronograma incluido en una versión posterior amplió la recepción de ofertas del 12 al 15 de diciembre. El pliego exige, entre otros requisitos, certificaciones ISO 9001 e ISO 14001, cinco años de experiencia en el objeto y tres referencias de satisfacción.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego primero califica como «preferible» la actividad comercial 24102000, pero luego dispone validar que el RPE tenga la actividad específica 24102024. La diferencia entre ambas formulaciones puede restringir la elegibilidad a proveedores inscritos bajo un código exacto, aunque ofrezcan bienes y servicios técnicamente adecuados.
“por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente para la adjudicación la actividad comercial … Disposición en estantes y almacenamiento … La institución validará que el oferente participante esté inscrito en el Registro de”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Para un procedimiento de bienes que incluye suministro e instalación, el pliego exige ISO 9001 e ISO 14001, al menos cinco años de experiencia específica y tres certificaciones de satisfacción. La combinación puede reducir el número de oferentes habilitables; conviene verificar su vinculación y proporcionalidad respecto del objeto y de la adjudicación por ítems.
“Formulario de Experiencia como proveedor (SNCC.D.049), con al menos tres (03) certificaciones anexas (detalladas en el Formutario) Pde cartas de referencias! satisfacción, que avalan calidad y entrega de acuerdo con el lote que esté”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
La primera versión del cronograma fijaba la recepción para el 12 de diciembre, cuatro días hábiles computables después de la publicación del 5 de diciembre, frente al mínimo de cinco para comparación de precios. El cronograma posterior trasladó la recepción al 15 de diciembre, con lo que se amplió el plazo; verificar la publicación y oportunidad de esa modificación.
“Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta | Hasta el 12 de diciembre del 2025 a las técnica) y “Sobre B” (oferta económica) 9:00 a.m … Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta | Hasta el 15 de diciembre del 2025 a las”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 100 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 100 — Convocatoria en las comparaciones de precios
Artículo 100. Convocatoria en las comparaciones de precios. La convocatoria a presentar ofertas en un procedimiento por comparación de precios deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse con un mínimo de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de ofertas.
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona