Informe técnico corresponde a un proceso y objeto distintos
· hace 10 meses
El documento se identifica como evaluación de una excepción por emergencia para adquirir insumos destinados al mantenimiento de equipos y vehículos, mientras que el proceso indicado en el portal es una licitación pública nacional de obras viales y hormigón asfáltico. La diferencia de referencia, modalidad y objeto hace necesario verificar que este informe no se haya incorporado o asociado al expediente equivocado; por sí sola no determina el resultado del proceso vial.
“INFORME DEFINITIVO DE EVALUACIÓN DE OFERTA TÉCNICA “SOBRE A” DEL PROCESO DE EXCEPCION POR EMERGENCIA NACIONAL, Ref. MOPC-MAE-PEEN-2025-0003, “ADQUISICION DE INSUMOS PARA EL MANTENIMIENTO POR USO CONTINUO DE LOS EQUIPOS PESADOS Y VEHÍCULOS D”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 13 · Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 13
ART. 13. Toda persona que acredite algún interés podrá en cualquier momento conocer las actuaciones referidas a compras o contrataciones, desde su iniciación hasta la extinción del contrato, con excepción de las contenidas en la etapa de evaluación de las ofertas o de las que se encuentren amparadas bajo normas de confidencialidad. La negativa infundada a permitir el conocimiento de las actuaciones a los interesados se considerará falta grave por parte del funcionario o agente al que corresponda otorgarla. El conocimiento del expediente no interrumpirá los plazos de las distintas etapas de los procedimientos de compra y contratación. PÁRRAFO. La entidad contratante llevará un expediente de…
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.