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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de Condiciones Neumaticos.pdf

Adquisición Neumáticos para ser destinado al parque vehicular de esta Unidad Ejecutora ECO5RD · ECO5RD

Publicado el 1 dic de 202544 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ECORD-CCC-CP-2025-0015

Lo que dice

El pliego convoca la adquisición de neumáticos y tubos para ECO5RD, en lote único, con un presupuesto base de RD$5,601,000.00. Establece la recepción de ofertas hasta el 9 de diciembre de 2025 y contempla seis tipos de productos, garantías y requisitos técnicos, financieros y de experiencia. El documento contiene condiciones que pueden limitar la competencia y referencias contradictorias sobre la modalidad del procedimiento.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.6 millones

Exige dos contratos previos del mismo objeto como requisito no subsanable

Documento del 1 dic 2025 · hace 10 meses

Para un suministro con presupuesto base de RD$5,601,000, exige dos contratos u órdenes de compra del mismo objeto, acompañados de constancias de recepción conforme, y declara el requisito no subsanable. La exigencia puede excluir oferentes sin ese historial específico, aunque puedan acreditar capacidad por otros medios.

“Presentar dos contratos u ordenes de compras correspondientes al mismo objeto de contratación de entidades públicas o privadas, acompañados de una carta de recibido conforme de la entidad contratante, firmada y sellada la cual deberá especi” (pág. 14)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Agrupa seis tipos de productos en un lote único sin ofertas parciales

Documento del 1 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego agrupa neumáticos de distintas medidas y tubos, y exige ofertar todos los ítems. La combinación puede excluir a proveedores especializados en solo algunos de esos productos y reducir la competencia; el documento no explica la razón técnica o económica para no dividir la contratación.

“Constituye el objeto de la presente convocatoria recibir ofertas para la Adquisición Neumáticos para ser destinado al parque vehicular de esta Unidad Ejecutora ECO5RD, por LOTE ÚNICO, de acuerdo con las condiciones fijadas en el presente pl” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 88 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 88 — División en renglones o lotificación

Artículo 88. División en renglones o lotificación. En los casos en que una misma convocatoria abarque un número importante de unidades del mismo bien, servicio u obra, podrá distribuirse la cantidad total en diferentes renglones o lotes.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

A revisarHallazgo en documentos

Exige que el oferente esté ubicado en el Distrito Nacional

Documento del 1 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego exige ubicación dentro del Distrito Nacional, justificándolo por la ubicación de las instalaciones, aunque establece la entrega en Haina. La condición geográfica puede excluir proveedores capaces de entregar y someterse a la verificación, sin que el texto explique por qué su ubicación es necesaria para ejecutar el contrato.

“Debido de la ubicación geográfica de nuestras instalaciones, el oferente deberá tener su ubicación dentro del Distrito Nacional.” (pág. 6)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Descalificación automática por cualquier omisión técnica

Documento del 1 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego dispone la descalificación automática por omitir cualquier información técnica, sin distinguir entre omisiones sustanciales y formales. Esa regla puede impedir subsanar omisiones intrascendentes y reducir la cantidad de ofertas evaluables.

“EL OFERENTE QUE OMITA CUALQUIER INFORMACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL LOTE SE DESCALIFICA AUTOMÁTICAMENTE.” (pág. 6)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

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Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación

A revisarHallazgo en documentos

Especifica diseños de neumático por códigos concretos

Documento del 1 dic 2025 · hace 10 meses

Para dos ítems, el pliego exige los diseños IT525 e IT323 sin mencionar que se aceptarán equivalentes. La especificación por diseño o modelo puede limitar alternativas disponibles si no está justificada por una necesidad técnica; el documento no expone esa justificación.

“Diseño : IT525 • Clasificación industrial : R-4 • PR: 12 • TL/TT: TL … Diseño: IT323” (págs. 4-5)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

El pliego alterna entre comparación de precios y licitación pública

Documento del 1 dic 2025 · hace 10 meses

Aunque la portada identifica una comparación de precios, la sección de recepción describe el proceso como licitación pública nacional. La contradicción puede generar incertidumbre sobre las reglas aplicables; el portal y la referencia del proceso lo registran como comparación de precios.

“De conformidad con el artículo 114 del Reglamento 416-23 este procedimiento de Licitación Pública Nacional para la Adquisición Neumáticos para ser destinado al parque vehicular de esta Unidad Ejecutora ECO5RD, por LOTE ÚNICO, con el número ” (pág. 23)

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 37 · Reglamento 416-23, art. 42 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 37 — Procedimientos de selección ordinarios

Artículo 37. Procedimientos de selección ordinarios. Los procedimientos de selección ordinarios a los que se sujetarán las compras y contrataciones son licitación pública, que podrá ser nacional o internacional de conformidad con las disposiciones del artículo 16 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones; licitación restringida, sorteo de obras, comparación de precios, subasta inversa y compras menores, según corresponda a las condiciones establecidas en el artículo 17 de la misma ley.

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Reglamento 416-23, artículo 42 — De la comparación de precios

Artículo 42. De la comparación de precios. Este procedimiento se utilizará para la adquisición de bienes comunes con especificaciones estándar, contratación de servicios y obras menores. Párrafo. En el caso de que el presupuesto estimado de las obras a contratar se encuentre dentro del umbral fijado para compra menor o compra por debajo del umbral mínimo, deberá utilizarse el procedimiento por comparación de precios.

Otros documentos del proceso (20)

  • Acta de inicio.pdfPliego · 1 dic de 2025 · 1 señal
  • Apropiacion.pdfCertificación de fondos · 1 dic de 2025 · 1 señal
  • Ficha técnica.pdfPliego · 1 dic de 2025 · 3 señales
  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 1 dic de 2025 · 1 señal
  • Acta de inicio.pdfPliego · 1 dic de 2025 · 1 señal
  • COMPROMISO ETICO PROVEEDORES.docxDocumento · 1 dic de 2025
  • F034 PRESENTACION DE OFERTA.docxDocumento · 1 dic de 2025
  • F042 INFORMACION SOBRE EL OFERENTE.docxDocumento · 1 dic de 2025
  • Modelo Contrato de Bienes Estandar.docxContrato · 1 dic de 2025
  • SNCCP-F040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docxDebida diligencia · 1 dic de 2025
  • F033 PRESENTACIÓN OF. ECON.docxDocumento · 1 dic de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…

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  • CUOTA A COMPROMETER PROCESO DE NEUMATICOS.pdfDocumento · —
  • Informe Económico y Recomendación de adjudicación.pdfActa de adjudicación · —
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