Apropiación certificada por debajo del monto estimado del proceso
· hace 10 meses
El certificado reconoce RD$1,000,000.00 frente a un proceso estimado en RD$5,601,000.00. La descripción limita expresamente a RD$1,000,000.00 lo que se ejecutaría en 2025; conviene verificar cómo se cubriría el monto restante y en qué ejercicio se pagarían las prestaciones, pues el reglamento exige apropiación suficiente para el monto que se pagará durante el año.
“DESCRIPCION: Adquisicion neumaticos para ser destinado al parque vehicular de esta Unidad Ejecutora Eco5RD en proceso es de RD$5,601,000.00, este año se ejecutaran RD$ 1,000,000.00 MONTO DEL PROCESO: 1,000,000.00” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →