La certificación, fechada el 15 de diciembre de 2025, declara que existe apropiación de fondos y reserva de cuota de compromiso para noviembre-diciembre de 2025. Identifica la adquisición de un terreno para el cuartel de bomberos y la funeraria de Joba Arriba por RD$19,000,000, y menciona a Grupo Parsan Santiago SRL como proveedor único.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La certificación está fechada el 15 de diciembre, después de la convocatoria del 1 de diciembre y del cierre de ofertas del 8 de diciembre. El artículo 69 del Reglamento 416-23 dispone que ningún procedimiento puede iniciarse ni convocarse sin certificación de apropiación presupuestaria; esta certificación posterior no demuestra por sí sola que no existiera otra previa, pero amerita verificar la secuencia documental.
“15 de diciembre de 2025 … cuenta con la debida apropiación de fondos dentro del presupuesto del presente año 2025 y hace la reserva de la cuota de compromiso para el período NOVIEMBRE -DICIEMBRE 2025” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
La certificación de apropiación presupuestaria publicada para este proceso tiene fecha del 15/12/2025, posterior a la convocatoria (01/12/2025). La ley exige disponer de ella antes de convocar y publicarla con la convocatoria; si hubo una anterior, no está entre los documentos publicados. Las cifras y la fecha del certificado se leyeron del documento publicado; el monto, solo cuando dice lo mismo en letras y en números.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona