La Circular núm. 1, fechada el 27 de noviembre de 2025, responde consultas de oferentes sobre el proceso INESPRE-CCC-CP-2025-0009. Confirma que la recepción de ofertas será el 2 de diciembre de 2025 a las 9:00 a. m., que no se requieren muestras y que el salón proveerá mesas y sillas. Indica que la institución comunicará la fecha del taller después de la adjudicación y rechaza de forma general la observación sobre posibles requisitos restrictivos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (10 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular indica que la fecha de la actividad se proporcionará después de adjudicar, por lo que los oferentes no conocen al presentar sus propuestas el día concreto de ejecución. Esto puede dificultar la valoración de disponibilidad y costos; el documento no precisa cuándo se fijará la fecha.
““Después de adjudicado proporcionaremos la fecha de la actividad.””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La consulta alega que ciertos requisitos del pliego —entre ellos, dinámicas específicas, instalaciones y credenciales del facilitador— podrían reducir el universo de oferentes. Son alegaciones no comprobadas por esta circular; la respuesta del Comité las descarta de manera general, sin abordar esos ejemplos, por lo que conviene contrastarlas con el pliego y los estudios previos.
““Tras una revisión observamos que este proceso tiene indicios de estar dirigido.” … “Las indicaciones otorgadas en sus interrogantes no corresponden, con los requerimientos de este pliego.””
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
CronogramaFecha y hora límite de recepción de ofertas
La consulta identifica una fecha del 1 de diciembre a la 1:30 p. m. en el pliego y otra del 2 de diciembre en el cronograma.
La circular confirma como fecha y hora correctas el 2 de diciembre de 2025 a las 9:00 a. m.
Aclara
Especificaciones del servicioMesas y sillas para la actividad
La consulta plantea que no está claro si el adjudicatario debe proporcionar las mesas y sillas.
La circular establece que el salón proveerá las mesas y sillas utilizadas en la actividad.
Aclara
CronogramaEntrega de muestras
El cronograma mencionado en la consulta incluye la recepción de muestras.
La circular aclara que no se requieren muestras y que la referencia en el cronograma fue un error de formato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…