La Resolución núm. CCC-2025-204, de fecha 2025-11-25, aprueba la Enmienda núm. 01 al pliego del procedimiento de emergencia PROPEEP-MAE-PEEN-2025-0005. Fija la vigencia de las ofertas hasta el 2026-01-22, establece como fecha límite de recepción el 2025-12-01 y dispone que ningún oferente podrá recibir adjudicación de más de dos lotes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda establece que una oferta única conforme puede adjudicarse, pero también que la institución no está obligada y que el comité decide si conviene, sin precisar un parámetro verificable para esa decisión. Según el resumen del acta posterior CCC-2025-251, Saad Medical fue la única oferta habilitada para el lote I y resultó adjudicada; conviene verificar cómo se aplicó la regla de conveniencia.
“Si se presentase una sola Oferta, ella deberá ser considerada y se procederá a la Adjudicación, siempre y cuando haya cumplido con lo exigido en el Pliego de Condiciones Específicas y a los parámetros establecidos en este numeral y convenie”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
La resolución, fechada el 25 de noviembre, fija la recepción hasta el 1 de diciembre; el portal registra la última enmienda el 26 de noviembre y el mismo cierre. La modificación de la regla de adjudicación por lotes deja pocos días para ajustar las ofertas; corresponde verificar si el plazo fue proporcional a los cambios, como dispone el reglamento.
“TERCERO: APRUEBA modificar i) el numeral 3 relativo a la Descripción del bien y ii) Criterio de adjudicación del pliego de condiciones del procedimiento de que se trata; para aclarar que los oferentes participantes podrán presentar su ofert”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Numeral 11.2, literal c) — Plazo de mantenimiento de la ofertaVigencia de las ofertas
El texto previo del numeral no está reproducido en la resolución.
Las ofertas deben estar vigentes por 60 días hábiles, hasta el 22 de enero de 2026.
Aclara
Sección II — Recepción de ofertas técnicas y económicasFecha límite de recepción
El texto previo no está reproducido en la resolución.
Las ofertas pueden recibirse desde la publicación de la convocatoria en el SECP hasta el 1 de diciembre de 2025.
Aclara
Numeral 3 — Descripción del bien y numeral 12.3 — Criterio de adjudicaciónPresentación y adjudicación por lotes; regla para una oferta única
El texto previo no está reproducido; la resolución indica que modifica estos apartados.
Se permite ofertar por lotes, pero no adjudicar más de dos lotes a un oferente. La adjudicación se basa en menor precio entre ofertas técnicamente conformes; si hay una sola oferta, el comité decide si conviene adjudicar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona