El Aviso de Enmienda No. 001, fechado el 24 de noviembre de 2025, modifica el pliego del proceso ADN-CCC-CP-2025-0039. Fija en un año el plazo de ejecución desde la recepción de la orden de servicio y añade para adjudicatarios certificados como MIPYME un anticipo del 20%, pagadero dentro de los 45 días posteriores a la firma del contrato contra una póliza de seguro que garantice el total del avance.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda fija el plazo de ejecución y añade condiciones de anticipo y garantía para adjudicatarios MIPYME. Según el cronograma del portal, se emitió el 24 de noviembre y el cierre de ofertas era el 26; conviene verificar si el tiempo restante permitió ajustar las propuestas, pues el artículo 107 prevé extender el plazo proporcionalmente cuando se añaden requisitos.
“El tiempo de ejecución de este proceso es de un (1) año, contados a partir de la recepción de la Orden de Servicio correspondiente … Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, a los Veinticuatro (24) días”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El texto anterior del plazo no se reproduce en la enmienda.
La ejecución será de un año, contado desde la recepción de la orden de servicio.
Aclara
Sección III, numeral 10 y disposiciones generales del contrato, numeral 16Anticipo y garantía para adjudicatarios MIPYME
No se incluían los párrafos y el numeral añadidos por esta enmienda sobre anticipo a MIPYMES.
A adjudicatarios certificados como MIPYME se les dará un anticipo del 20% dentro de los 45 días de la firma, contra póliza de seguro que cubra el total del avance.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona