El pliego, fechado el 19 de noviembre de 2025, establece una comparación de precios para una obra conjunta en Villa Isabela y Barahona, en un solo lote, con presupuesto base de RD$5,440,185.53 y plazo de ejecución de hasta cuatro meses. Fija la recepción de ofertas para el 26 de noviembre de 2025 y establece requisitos de experiencia, solvencia y evaluación técnica y económica. El documento no contiene una adjudicación ni identifica oferentes participantes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El porcentaje mínimo de línea de crédito se fija en 25% para personas jurídicas y en 10% para MIPYMES, sin aclarar cómo se aplica cuando una MIPYME también es persona jurídica. La ambigüedad puede producir requisitos distintos para oferentes con ambas condiciones; el 25% del presupuesto base equivale a unos RD$1.36 millones.
“En el caso de Consorcios y Personas Jurídicas será de por lo menos 25% y en el caso de Personas Físicas y Mipymes de un 10% del valor del lote al que el oferente participe.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Se exigen cuatro certificaciones de satisfacción por obras de la misma naturaleza, cada una por un monto igual o superior al 50% de la apropiación presupuestaria —aproximadamente RD$2.72 millones—, además de imágenes. La acumulación de umbral por proyecto, número de referencias y condiciones documentales puede limitar la participación y amerita verificar su proporcionalidad al objeto y monto.
“Experiencia: Presentar CUATRO (4) CERTIFICACIONES las cuales deben de ser estrictamente de satisfacción de clientes (empresas) por proyectos realizados de la misma naturaleza que este proyecto … G. Monto del proyecto (igual o mayor al 50”
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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La convocatoria se publicó el 19 de noviembre y la recepción se fijó para el 26 de noviembre. Excluido el día de recepción, transcurren cuatro días hábiles completos; el artículo 100 del Reglamento 416-23 fija un mínimo de cinco para comparación de precios.
“Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional Miércoles 19 de noviembre del 2025, a partir de la 10:00 a.m … 4. Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 100 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 100 — Convocatoria en las comparaciones de precios
Artículo 100. Convocatoria en las comparaciones de precios. La convocatoria a presentar ofertas en un procedimiento por comparación de precios deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse con un mínimo de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de ofertas.
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El pliego prevé descontar 1% del presupuesto por día durante los primeros 30 días y 1.15% diario desde el día 31, sin indicar en la cláusula un límite acumulado. La cuantía podría superar el valor de la obra ante retrasos prolongados, por lo que conviene revisar su proporcionalidad y efecto sobre la participación.
“Si el adjudicatario no entregare las obras en el plazo convenido, esto da derecho a la entidad contratante de reducir del valor del presupuesto aprobado, a título de indemnización una proporción del uno (1%) por ciento del total por cada dí”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El pliego establece dos plazos máximos distintos para el desembolso del anticipo: 15 días desde la firma en una sección y 20 días en otra. Esta diferencia afecta la previsibilidad del flujo de caja que los oferentes deben considerar.
“este se hará en un plazo no mayor de 15 días a partir de la firma … del Contrato y este pago se hará en un plazo no mayor de 20 días a partir de la firma del Contrato”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Oferentes que registra (3)
3 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Rafael Vinicio Delgado VelázquezEl portal registra una oferta cargada y pendiente; el pliego no consigna su habilitación ni adjudicación.
Mencionado
Un solo lote
RD$4,896,194
Ransa, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente; el pliego no consigna su habilitación ni adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona