El Acta No. 1, celebrada el 27 de octubre de 2025, aprueba la comparación de precios y el pliego para readecuar la oficina de negocios de Villa Isabela y remozar el área de archivo de Barahona, en un solo lote y con un monto programado de RD$5,440,215.53. También designa cinco peritos evaluadores y ordena publicar el acta en los portales institucionales.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta que aprueba el pliego está fechada el 27 de octubre de 2025, mientras que el pliego identificado en el expediente figura fechado el 18 de noviembre de 2025. El documento no permite confirmar si se trata de la misma versión aprobada; conviene verificar la correspondencia entre la versión aprobada y la publicada.
“Que el Comité de Compras y Contrataciones debidamente conformado tiene bajo su responsabilidad revisar y aprobar el pliego de condiciones específicas, por lo que procedió a aprobar dicho documento y sus adjuntos, tal como se hará constar en”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 70 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 70 — Pliego de condiciones estándar
Artículo 70. Pliego de condiciones estándar. La Dirección General de Contrataciones Públicas elaborará los modelos de pliego de condiciones, que contendrán los aspectos generales o centralizados y los aspectos específicos, y serán de utilización obligatoria por parte de los entes y órganos contratantes. Párrafo I. Los pliegos de condiciones estándar deberán ser adaptados para cada procedimiento de selección, por las respectivas unidades operativas de contrataciones, considerando los requerimientos efectuados por las unidades requirentes, los resultados de los estudios previos y las necesidades institucionales. Párrafo II. Los pliegos de condiciones elaborados por los peritos, para ser…
El acta afirma que desde RD$49,617,134.88 en adelante corresponde obligatoriamente la comparación de precios, aunque el umbral de 2025 sitúa esa modalidad para obras hasta RD$186,064,255.80 y prevé modalidades distintas por encima. Para este proceso de RD$5,440,215.53, la comparación puede corresponder por la regla del artículo 42, párrafo, del Reglamento; la imprecisión afecta la explicación del umbral, no evidencia por sí sola una selección incorrecta.
“estableciendo que para un monto desde RD$49,617,134.88 (cuarenta y nueve millones seiscientos diecisiete mil ciento treinta y cuatro pesos dominicanos con 88/100), en adelante las obras debería utilizarse obligatoriamente el procedimiento d”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 17 · Reglamento 416-23, art. 42 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 17
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
Reglamento 416-23, artículo 42 — De la comparación de precios
Artículo 42. De la comparación de precios. Este procedimiento se utilizará para la adquisición de bienes comunes con especificaciones estándar, contratación de servicios y obras menores. Párrafo. En el caso de que el presupuesto estimado de las obras a contratar se encuentre dentro del umbral fijado para compra menor o compra por debajo del umbral mínimo, deberá utilizarse el procedimiento por comparación de precios.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona