La Resolución núm. CCC-389-2025, de 14 de noviembre de 2025, aprobó el informe económico y adjudicó a Compu-Office Dominicana, SRL, los Lotes I y II por un total consignado de RD$4,427,318.94. El acta presenta cifras incompatibles entre el total adjudicado y los montos desglosados por lote, y también expresa de forma distinta la apropiación presupuestaria en letras y números.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (3)
A revisarHabilitados por vía extraordinariaRD$3.4 millones
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: Oficina Universal, S.A..
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
El acta expresa la apropiación como RD$5,300,000.00 en letras y RD$5,600,000.00 en cifras. El monto adjudicado consignado es inferior a ambas cantidades, por lo que la discrepancia no cambia por sí sola el resultado, pero conviene cotejarla con el certificado presupuestario referido.
“no excede la certificación de apropiación presupuestaria núm. 2025-447, emitida por un valor de cinco millones trescientos mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$5,600.000.00).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El desglose indica RD$3,374,330.35 para el Lote I y RD$1,052,998.58 para el Lote II, cuya suma es RD$4,427,328.93, pero el acta consigna un total de RD$4,427,318.94. Además, la recomendación transcrita da para el Lote II RD$1,052,988.58; debe verificarse cuál monto corresponde a la oferta y al compromiso contractual.
“Lote I RD$3,374,330.35 Lote II RD$1,052,998.58 Total: RD$4,427,318.94”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · Ley 340-06, art. 25 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
Compu-Office Dominicana, SRLAdjudicatario de los Lotes I y II por cumplir las exigencias del pliego y presentar la oferta económica seleccionada.
Adjudicado
Lotes I y II
RD$4,427,319
Dipuglia PC Outlet Store, SRLHabilitado para el Lote I; no habilitado para el Lote II por no presentar la certificación del fabricante que acreditara su condición de distribuidor. No adjudicado.
Simpapel, SRLHabilitado para el Lote I; no habilitado para el Lote II por incumplimiento de las especificaciones técnicas. No adjudicado.
Habilitado
Lote I; también presentó oferta para el Lote II
RD$3,499,116
Oficina Universal, S.A.Habilitado para el Lote I tras la impugnación, al verificarse la certificación de distribuidor autorizado de HP presentada en el Sobre A; no adjudicado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona