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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

SNCC.P.066 Pliego Estandar de subasta inversa SI-2025-0018 (Recuperado automáticamente).pdf

Reabastecimiento de repuestos para vehículos Dirigido exclusivamente a empresas MiPymes · Policia Nacional

Publicado el 17 nov de 2025Fechado el 16 nov de 202570 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso POLICIA NACIONAL-CCC-SI-2025-0018

Lo que dice

El pliego, fechado el 17 de noviembre de 2025, establece las bases de la subasta inversa POLICIA NACIONAL-CCC-SI-2025-0018, reservada a MIPYMES, para adquirir 22 tipos de repuestos; indica un presupuesto PACC de RD$8,804,286.80 y el portal registra un monto estimado de RD$6,256,820. Previó ofertas el 26 de noviembre y puja el 28 de noviembre de 2025, con adjudicación estimada para el 3 de diciembre. El texto presenta condiciones que ameritan revisión por la especificación de repuestos originales, ambigüedades en criterios financieros y discrepancias sobre la duración de la puja y el plazo de anticipo.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

Requisitos de repuestos originales pueden restringir alternativas

Documento del 17 nov 2025 · hace 10 meses

El pliego exige repuestos «originales» para marcas, modelos y años concretos, sin mencionar equivalentes. Esa condición podría limitar la participación a proveedores con acceso a piezas originales; conviene verificar la justificación técnica y la disponibilidad de alternativas compatibles.

“Manguera intercooler para camioneta Mazda BT50 2023 original unidad 8 … Manguera intercooler para camioneta Toyota Hilux 2020 original”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

El requisito de actividad en el RPE no coincide claramente con los códigos de los bienes

Documento del 17 nov 2025 · hace 10 meses

El pliego exige que el RPE tenga inscrita la actividad 25170000, mientras que los bienes se identifican con varios códigos UNSPSC, entre ellos 40142003 y 25174207. Conviene verificar si la clasificación exigida admite a todos los proveedores habilitados para suministrar esas categorías de repuestos.

“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial: -Componentes y sistemas de transporte., referida en el num”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Criterio de endeudamiento presenta umbrales contradictorios

Documento del 17 nov 2025 · hace 10 meses

El pliego fija un límite de endeudamiento menor a 1.50, pero luego invierte los signos de comparación entre los valores que cumplen y no cumplen. La ambigüedad puede afectar de manera desigual la habilitación financiera y debilitar la verificación de solvencia.

“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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A revisarHallazgo en documentos

El pliego fija dos duraciones distintas para la puja

Documento del 17 nov 2025 · hace 10 meses

El cronograma programa la puja de 15:30 a 15:50, es decir, 20 minutos, mientras que otra sección establece una duración de 30 minutos. Aunque ambas duraciones están dentro del rango reglamentario, la contradicción deja incierto el tiempo disponible para presentar lances.

“13. Realización de la puja electrónica (artículo 144 numeral 1 Reglamento núm. 416-23) El día 28 A las 15:30 P.M. de noviembre de 2025. … La duración de la puja será de 30 minutos.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 140 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 140 — De la celebración del procedimiento de subasta inversa

Artículo 140. De la celebración del procedimiento de subasta inversa. El procedimiento de subasta inversa se ejecuta únicamente mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). El pliego de condiciones debe contener las disposiciones establecidas en este reglamento e indicar de manera expresa la duración de las pujas, que en ningún caso podrá ser menor de quince (15) minutos ni mayor a sesenta (60).

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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A revisarHallazgo en documentos

El período de estados financieros requerido no es uniforme

Documento del 17 nov 2025 · hace 10 meses

La sección de documentos solicita estados financieros del ejercicio 2023, pero la tabla de evaluación menciona los ejercicios 2023 y 2024. La diferencia deja incierto qué período deben acreditar los oferentes para superar la evaluación financiera.

“Estados Financieros del último ejercicio contable (2023) auditados por un contador público autorizado. … Estados Financieros, dos mil veintitrés (2023) -(2024) de los último(s) ejercicio(s) contable(s) consecutivo(s), certificado(s) por una”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

El plazo para pagar el anticipo aparece como 30 y 45 días

Documento del 17 nov 2025 · hace 10 meses

Una sección fija un plazo máximo de 30 días desde la firma para el anticipo, y otra fija 45 días. La divergencia deja incierta una condición de pago relevante para preparar la oferta y planificar el financiamiento.

“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 11. Condiciones de pago y retenciones, que asciende a un 20% del monto total de la adjudicación y a un 20% si se trata d”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance

Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.

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Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Ramon Felipe Lluberes FernándezEl portal registra una oferta y un contrato por este monto, y señala el proceso como adjudicado.Adjudicado—RD$6,256,076

Otros documentos del proceso (10)

  • 1 Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 17 nov de 2025 · 2 señales
  • MEMORANDUM OFICINA DEL DIRECTOR GENERAL.pdfDocumento · 17 nov de 2025
  • ACTA DE APROBACION PLIEGO DE CONDICIONES SI-2025-0018.doc.pdfInforme pericial · 17 nov de 2025
  • ACTA DE APROBACION PLIEGO DE CONDICIONES SI-2025-0018.doc.pdfPliego · 17 nov de 2025 · 1 señal
  • ACTA ADJUDICACION SI-2025-0018.pdfActa de adjudicación · 1 dic de 2025 · 3 señales
  • ACTA DE ADJUDICACION .pdfActa de adjudicación · —
  • CONTRATO.pdfContrato · —
  • INDORME DE EVALUACION ECONOMICA Y RECOMENDACIONNDE ADJUDICACION .pdfActa de adjudicación · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • SOBRE B .pdfDocumento · —

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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