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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICION AYUNTAMIENTO DE LICEY AL MEDIO PALACIO MUNICIPAL 02.(Autoguardado).pdf

Adquision de servicio de Construccion General del Palacio Municipal · Ayuntamiento Municipal de Licey al Medio

Publicado el 17 nov de 202555 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ADLAM-CCC-CP-2025-0002

Lo que dice

El pliego de noviembre de 2025 establece las condiciones para contratar, por comparación de precios, la construcción general del Palacio Municipal, con presupuesto base de RD$13,000,000 y plazo máximo de ejecución de 30 días calendario desde la firma. Fija evaluación técnica y económica ponderada 70/30, pero incluye también una regla de adjudicación por menor precio y una restricción a oferentes con contratos recientes con el Ayuntamiento. El portal registra una oferta de RD$11,701,538, en tratamiento, y el proceso figura suspendido.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$13 millones

Contratación a requerimiento sin unidades máximas ni frecuencia precisadas

Documento del 17 nov 2025 · hace 10 meses

El objeto es la construcción general de un edificio, con ejecución máxima de 30 días, pero el pliego dispone que el servicio se solicitará a requerimiento y no en su totalidad de forma inmediata, sin precisar en este pasaje unidades máximas ni frecuencia. Esa combinación dificulta delimitar qué volumen se cotiza y cómo se verifica la ejecución, aunque pudiera referirse a fases de obra descritas en otros anexos.

“El AYUNTAMIENTO DE LICEY AL MEDIO, ADLAM solicitará que el objeto de la contratación se cumpla a requerimiento del ADLAM. Por tanto, este servicio no se requerirá en su totalidad de forma inmediata, sino en base a las necesidades de la inst”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 166 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 166 — Contrato u orden de compra a requerimiento

Artículo 166. Contrato u orden de compra a requerimiento. Se podrá establecer en el pliego de condiciones del procedimiento de contratación la entrega a requerimiento, cuando se trate de la contratación de bienes o servicios de uso frecuente, y sea posible realizar una estimación de consumo durante un período determinado. En estos casos, la institución contratante podrá requerir la entrega de los bienes y servicios adjudicados durante el lapso de duración previsto y al precio unitario contratado, de acuerdo con sus necesidades y con una frecuencia preestablecida y acordada en el contrato. Párrafo I. En el pliego de condiciones se advertirá que la institución contratante no asume el…

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A revisarHallazgo en documentos

Penalidades diarias elevadas y cláusulas con entidad distinta

Documento del 17 nov 2025 · hace 10 meses

El pliego prevé penalidades acumulables de hasta 4 % del monto total del contrato por cada día de ciertos incumplimientos, sin indicar en el pasaje un límite acumulado. Además, la misma sección atribuye una comprobación de incumplimiento a ETED, entidad distinta del Ayuntamiento, lo que vuelve incierta la aplicación de esa sanción contractual.

“la penalidad aplicable será equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto total del contrato por cada día o fracción de día en que no se haya corregido dicho incumplimiento, sin perjuicio de que, a opción de EL ALDAM, se proceda a la”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 28 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 28

ART. 28. El contrato, para considerarse válido, contendrá cláusulas obligatorias referidas a: antecedentes, objeto, plazo, precio, ajuste de precios, equilibrio económico financiero, garantías, modificación, terminación, resolución, arbitraje, nulidad, sanciones y bonificaciones, si ello se ha acordado, liquidación, solución de controversias, y las demás que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la contratación y con las condiciones que establezca el reglamento de la presente ley. PÁRRAFO I. El reglamento establecerá las características formales del contenido de las órdenes de compra y de servicio. PÁRRAFO II. En el caso de que sea necesaria la devolución de valores avanzados por la…

A revisarHallazgo en documentos

Exclusión por contratos previos con la institución

Documento del 17 nov 2025 · hace 10 meses

El pliego impide habilitar para la oferta económica a oferentes que hayan tenido contratos activos con la institución durante los ocho meses anteriores. La condición no aparece vinculada a capacidad técnica o financiera para esta obra y restringe la participación por un antecedente contractual con el Ayuntamiento.

“Los Oferentes resultantes Habilitados para Oferta Económica, no deberán tener contratos activos con la institución por un periodo anterior de 8 Meses.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Código de actividad RPE requerido no corresponde al objeto descrito

Documento del 17 nov 2025 · hace 10 meses

Para una obra de construcción general de edificio, el pliego exige que el RPE tenga la actividad 72141212, descrita allí como construcción y reparación de estanques propiedad de otros; el objeto del proceso se identifica como construcción general de edificio, rubro 72130000. El requisito podría excluir empresas habilitadas para el objeto pero sin el código específico de estanques, o exigir una actividad ajena a la obra.

“debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial servicio de construcción, mantenimiento y reparación de estanques propiedad de otros, referida en el numeral sobre “objeto del procedimiento de selección” de este”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

Criterios contradictorios para determinar la adjudicación

Documento del 17 nov 2025 · hace 10 meses

El pliego combina adjudicación por mayor puntaje técnico-económico con una comprobación de que la oferta sea la de menor precio y cita además el criterio de menor precio como regla de adjudicación. Aunque luego presenta una fórmula 70/30, la coexistencia de reglas distintas deja incierto cómo se ordenarán las ofertas y cuál criterio definirá al ganador.

“Ser la oferta de menor precio de entre las ofertas que cumplan con todos los demás criterios … Criterio de adjudicación Adjudicación basada en mayor puntaje”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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ContextoHallazgo en documentosRD$11.7 millones

Una sola oferta consta en el registro del portal

Documento del 17 nov 2025 · hace 10 meses

Según los datos del portal aportados, solo figura una oferta cargada y en tratamiento, pese a que se notificó a 3,575 proveedores. Es un dato para verificar sobre la competencia efectiva, pero el estado del proceso es suspendido y el registro disponible no permite concluir que esa fuera la única oferta presentada definitivamente.

“La adjudicación se hará a favor del/los Oferente (s) que obtenga el mayor puntaje en la evaluación combinada.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Martinez Espaillat Constructores, SRLEl portal registra la oferta como «Cargada / En tratamiento»; el documento no consigna habilitación ni adjudicación.Mencionado—RD$11,701,538

Otros documentos del proceso (10)

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

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