El Acta núm. 0175, de 2025-11-07, aprobó el procedimiento de excepción por proveedor único y el pliego para adquirir aditamentos para la draga del Ministerio, con un valor solicitado de RD$62,748,824.60. También designó tres peritos técnicos y ordenó publicar los documentos del proceso; consignó un certificado de apropiación presupuestaria de RD$1,417,311.20, equivalente al 2% del monto solicitado.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra una apropiación de RD$1,417,311.20 frente a una solicitud de RD$62,748,824.60. La circular que cita contempla certificaciones del 2% al 5% para procesos del último trimestre previstos para certificarse y devengarse en el año siguiente; conviene verificar la cobertura presupuestaria y la cuota de compromiso necesarias para honrar el saldo antes de asumir obligaciones.
“fue emitido el Certificado de Apropiación Presupuestaria, por el monto de Un millón cuatrocientos diecisiete mil trescientos once Pesos Dominicanos con 20/100 (RD$1,417,311.20), equivalente a un dos (2%) por ciento del monto total de la sol”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El acta indica que la draga fue adjudicada a la misma empresa en julio de 2025 y que en septiembre se requirieron aditamentos necesarios para complementar el equipo. La compatibilidad y la exclusividad pueden sustentar la excepción por proveedor único, pero la proximidad temporal y el monto del requerimiento justifican revisar si la necesidad y su alcance se evaluaron en la planificación de la adquisición original.
“adjudicado al oferente Alta Tecnología Corporativa A.T.C. SRL mediante contrato DJ-CON-1-2025-0093 en fecha treinta y uno (31) de julio del año dos mil veinticinco (2025)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Alta Tecnología Corporativa A.T.C., S.R.L.Identificada como subagente exclusivo y como oferente participante previsto para el procedimiento aprobado; esta acta no adjudica el contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona