Publicado el 13 nov de 2025Fechado el 12 nov de 202510 páginasEn el mensaje «ACTO ADMINISTRATIVO QUE ENMIENDA EL FORMULARIO DE PLIEGO DE CONDICIONES DEL PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL EDENORTE-CCC-LPN-2025-0018 CONTRATACIÓN SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE FLOTILLA VEHICULAR DE EDENORTE DOMINICANA, S.A, PRIMERA CONVOCATORIA.»
El acto RES-CC-383-2025, de fecha 2025-11-13, enmienda el pliego de la licitación EDENORTE-CCC-LPN-2025-0018: modifica el criterio de adjudicación, aclara el tratamiento de la memoria USB y amplía el período para realizar las visitas técnicas a los talleres. También traslada la recepción y apertura de ofertas del 2025-11-14 al 2025-11-17, manteniendo las demás fechas del cronograma indicadas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto, fechado el 2025-11-13, modifica el criterio de adjudicación cuando la recepción de ofertas quedó fijada para el 2025-11-17. El artículo 107 del Reglamento establece que las enmiendas pueden emitirse hasta el 75 % del plazo previsto para presentar ofertas; la excepción para cambios de cronograma se limita a fases futuras y no convierte en cambio de cronograma la modificación del criterio de adjudicación.
“a los trece (13) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025 … La Adjudicscior. sera dedtíida a favor del Oférente/Proponenté cuv'3 propuesta haya cumplido con toaos los requisftos técnicos soiiatados y se seleccionara”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda sustituye la expresión cuestionada por «menor precio en base al menor porcentaje de ponderación», pero no precisa cómo se relacionan el precio y ese porcentaje. La falta de una fórmula inequívoca puede dificultar la comparación uniforme de las ofertas, pese a que el acto señala que responde a una observación de la DGCP sobre el criterio.
“La Adjudicscior. sera dedtíida a favor del Oférente/Proponenté cuv'3 propuesta haya cumplido con toaos los requisftos técnicos soiiatados y se seleccionara basada en el menor prerio en base a! menor porcentaje de ponderación”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
14.5 Criterio de adjudicaciónFórmula para determinar la oferta adjudicada
El pliego contemplaba la adjudicación por «menos precio económico», sin definirlo con precisión.
Dispone seleccionar la propuesta que cumpla los requisitos técnicos y presente el «menor precio en base al menor porcentaje de ponderación».
Aclara
10.1 Presentación de ofertas físicasMemoria USB con copia de la oferta técnica
Se requería la memoria USB; su falta era subsanable dentro de dos días calendario luego del requerimiento.
Expresa que no presentar la memoria USB no causa descalificación y permite entregarla dentro de dos días calendario del requerimiento formal; debe contener copia fiel del Sobre A.
Aclara
11.3 Credenciales, sección E: visita a talleresPeríodo de visitas técnicas
Las visitas estaban previstas del 2025-11-17 al 2025-11-21.
Las visitas se realizarán durante el período de evaluación de las ofertas; la visita sigue indicada como no subsanable.
Relaja
Cronograma de actividadesRecepción y apertura de ofertas
Recepción y apertura técnica previstas para el 2025-11-14.
Recepción y apertura técnica trasladadas al 2025-11-17; las demás fechas indicadas se mantienen.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona