El pliego enmendado para el proceso EDENORTE-MAE-PEEN-2025-0002 fija un valor referencial de RD$140,317,274.25, distribuido en cuatro lotes, y un plazo máximo de ejecución de 120 días calendario por proyecto. Establece que la adjudicación será por menor precio entre las ofertas técnicas habilitadas, pero contiene una contradicción sobre cuándo se abren las ofertas económicas. El documento está fechado solo como noviembre de 2025 y recoge un cronograma con presentación de ofertas el 17 de noviembre.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige acreditar que el oferente está al día en el pago del servicio eléctrico, incluso permitiendo usar documentos que vinculen el servicio si la factura está a nombre de otra persona. No se explica en el documento cómo este requisito se relaciona con la capacidad para ejecutar las obras, por lo que conviene revisar su proporcionalidad y efecto sobre la participación.
“Copia de la última factura de energía eléctrica donde se evidencie que el Oferente se encuentra al día en el pago del servicio.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
El pliego dice que la apertura y evaluación de las ofertas económicas ocurre en una única etapa, pero también dispone que estas se abran después de la evaluación técnica y solo para los oferentes habilitados. La contradicción afecta la claridad de la secuencia y los controles de confidencialidad de las propuestas económicas.
“la recepción, apertura y evaluación de las ofertas se llevará a cabo en una única etapa: Es decir, que la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas económicas.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
El pliego limita inicialmente a dos los lotes adjudicables a un mismo oferente, pero permite al Comité superar ese límite cuando considere que es la única opción viable, sin definir criterios objetivos adicionales para aplicar la excepción. Esto puede modificar la distribución de los lotes y concentrar adjudicaciones.
“En caso de que, conforme a los resultados de la evaluación de las ofertas, la única opción viable para adjudicar la totalidad de los lotes exceda la limitación previamente establecida, el Comité de Compras y Contrataciones se reserva la fac”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Oferentes que registra (3)
2 adjudicado · 1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
PG Contratistas, SRLEl portal registra un contrato activo por RD$72,811,299; la oferta figura cargada y pendiente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona