El Acta núm. 131-2025, de 2025-10-21, adjudica a Maximino Jiménez la adquisición de plantas frutales por RD$31,250,000. Registra ofertas económicas de Arturo Nuñez Delgado por RD$15,650,000 y de ASOMUPASUR por RD$12,950,000; esta última fue habilitada para abrir su Sobre B tras una reconsideración.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra que ASOMUPASUR fue habilitada para la apertura extraordinaria de su oferta económica, por RD$12,950,000, mientras adjudica a Maximino Jiménez por RD$31,250,000. El pliego citado en el expediente establece adjudicar a la oferta de menor precio entre las que cumplan; el acta no explica por qué la oferta de menor monto no resultó adjudicada.
“ofertó por un valor total de RD$12,950,000.00 … Adjudica, a la persona física MAXIMINO JIMENEZ … El contrato adjudicado por un monto total de TREINTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON OO/100 (RD$31,250,000.OO).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
El acta adjudica por RD$31,250,000, mientras que el resumen de los documentos previos del proceso consigna un certificado de apropiación presupuestaria de RD$15,000,000. La diferencia amerita verificar si se emitió una certificación posterior con saldo suficiente antes de la adjudicación.
“El contrato adjudicado por un monto total de TREINTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON OO/100 (RD$31,250,000.OO).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: Asociación de Viveristas del Municipio Padre Las Casas Región Suroeste (ASOMUPASUR).
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
Según el historial aportado, Maximino Jiménez obtuvo cuatro contratos del Ministerio por RD$112,738,000 en los 24 meses previos a este proceso, además de siete contratos con el Estado. La adjudicación actual eleva el monto registrado con esta institución a RD$143,988,000; es un dato para revisar la concentración de contratación, no una irregularidad por sí mismo.
“El contrato adjudicado por un monto total de TREINTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON OO/100 (RD$31,250,000.OO).”
El portal registra RD$0 para las ofertas de Maximino Jiménez, Arturo Nuñez Delgado y ASOMUPASUR, aunque el acta consigna ofertas por RD$31,250,000, RD$15,650,000 y RD$12,950,000, respectivamente. Puede tratarse de información incompleta o atrasada del portal; conviene verificar la integridad de la publicación del expediente electrónico.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona