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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES PLANTAS DE FRUTALES APROBADO POR EL COMITE 18-7-25.pdf

PLANTAS FRUTALES · Ministerio de Agricultura

Publicado el 7 ago de 202550 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AGRICULTURA-CCC-LPN-2025-0011

Lo que dice

El pliego establece las condiciones de la Licitación Pública Nacional AGRICULTURA-CCC-LPN-2025-0011 para adquirir 320,000 plantas frutales, con presupuesto base de RD$35,200,000.00 y entrega en las regionales y otros puntos indicados. Define evaluación técnica y económica bajo cumple/no cumple y adjudicación por menor precio entre las ofertas técnicamente habilitadas; contiene requisitos y plazos que presentan contradicciones internas y merecen aclaración.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHabilitados por vía extraordinariaPendiente de revisiónRD$13 millones

1 oferente habilitado por vía extraordinaria

Documento del 7 ago 2025 · hace 1 año

El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: Asociación de Viveristas del Municipio Padre Las Casas Región Suroeste (ASOMUPASUR).

Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Fórmulas y umbrales financieros aparecen contradictorios

Documento del 7 ago 2025 · hace 1 año

El pliego presenta fórmulas o expresiones de cumplimiento que no permiten identificar con claridad cómo se calculan o aplican los límites de capital de trabajo y endeudamiento. Al tratarse de requisitos de habilitación financiera, la ambigüedad puede generar evaluaciones no uniformes.

“Capital de trabajo = ACTIVO CORRIENTE • PASIVO CORRIENTE – Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

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A revisarHallazgo en documentos

La garantía de seriedad tiene vigencias y modalidades inconsistentes

Documento del 7 ago 2025 · hace 1 año

El pliego fija dos períodos distintos de vigencia para la garantía de seriedad y, además, una sección admite póliza o garantía bancaria mientras otra exige únicamente póliza. La garantía es un requisito de la oferta económica, por lo que estas diferencias pueden crear incertidumbre sobre qué presentación cumple.

“que esté vigente desde el 23/09/2025 hasta el 28/11/2025, y que cumpla con las siguientes características: … La vigencia de la garantía deberá ser desde 16/09/2025 hasta el 20/11/2025 … deberá ser presentada mediante póliza expedida por una”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 192 · Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías

Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…

A revisarHallazgo en documentos

El pliego incluye un requisito RPE referido a otro objeto

Documento del 7 ago 2025 · hace 1 año

La sección de evaluación legal vincula la actividad comercial del RPE a servicios de ingeniería, investigación y tecnología, aunque el objeto es adquirir plantas frutales y otra sección del pliego identifica el rubro 10150000. Esta inconsistencia puede incidir en la habilitación de oferentes.

“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial, referida en el numeral proceso AGRICULTURA-CCC-LP-2024-001”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

A revisarHallazgo en documentos

Criterio de producción de aguacate sujeto a ubicación regional

Documento del 7 ago 2025 · hace 1 año

Para las plantas de aguacate, el pliego exige que el centro de producción esté en las regiones donde se sembrarán. Aunque invoca la prevención de deshidratación y plagas, la condición geográfica puede limitar la participación a proveedores con producción en varias zonas de destino; conviene verificar su justificación técnica y proporcionalidad.

“El centro de producción de las plantas deberá estar enclavado en las regiones donde se sembrarán definitivamente, a los fines de evitar deshidratación por transporte y aprovechar las condiciones favorables (lluvia, temperatura y otro) y evi”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

El pliego fija distintos plazos de entrega

Documento del 7 ago 2025 · hace 1 año

Se establecen plazos diferentes para la entrega: una semana para el caso de anón, hasta quince días tras la certificación del contrato y veinte días laborables tras esa certificación. La diferencia afecta la preparación de ofertas y la exigibilidad contractual; el documento no explica cómo se coordinan esos plazos.

“En caso de adjudicación, los proveedores deben entregar el material de siembra al Ministerio en un plazo de 1 semana, luego de ser notificado como ganador, según. el cuadro. … En caso de adjudicación, las plantas deben ser entregadas al Min”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Oferentes que registra (8)

5 mencionado · 1 adjudicado · 1 habilitado · 1 habilitado por vía extraordinaria

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Maximino JiménezAdjudicatario según el acta de adjudicación del proceso aportada en el contexto.Adjudicado—RD$31,250,000
Arturo Nuñez DelgadoEl acta registra la apertura de su oferta económica, Sobre B.Habilitado—RD$15,650,000
Asociación de Viveristas del Municipio Padre Las Casas Región Suroeste (ASOMUPASUR)Habilitada para la apertura extraordinaria del Sobre B tras acogerse su solicitud de reconsideración.Habilitado por vía extraordinaria—RD$12,950,000
Vivero Agroforestal Jarem, SRLOferta registrada en el portal como cargada/en tratamiento; no se aporta aquí un resultado de evaluación.Mencionado——
Jardinería Junior, SRLOferta registrada en el portal como cargada/en tratamiento; no se aporta aquí un resultado de evaluación.Mencionado——
Athrivel, S.R.L.Oferta registrada en el portal como cargada/pendiente; no se aporta aquí un resultado de evaluación.Mencionado——
Constructora y Paisajismo Villa Guano, SRLOferta registrada en el portal como cargada/en tratamiento; no se aporta aquí un resultado de evaluación.Mencionado——
Transplanta, SRLOferta registrada en el portal como cargada/pendiente.Mencionado—RD$28,200,000

Otros documentos del proceso (26)

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.

Texto oficial completo

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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