El informe preliminar, fechado el 7 de noviembre de 2025, presenta la evaluación técnica de siete ofertas para la licitación URBE-CCC-LPN-2025-0001 y solicita subsanaciones o aclaraciones a varios consorcios. No adjudica ni declara habilitados definitivamente a los oferentes; registra, entre otros puntos, documentación financiera pendiente y observaciones de experiencia y equipos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe identifica a Fersen Ingeniería como integrante del Consorcio Ingeniería Integral TFH, mientras el portal registra una oferta separada de Fersen Ingeniería para este mismo proceso. Debe verificarse si se trató efectivamente de una oferta individual adicional, pues la Ley dispone que un miembro de un conjunto no presente otra oferta individual o dentro de otro conjunto para el mismo objeto.
“Consorcio Ingenieria Integral TFH - RNC -- - RPE 23251/93910-100519”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 5 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 5
ART. 5. Los procesos y personas sujetos a la presente ley son: Procesos: 1) Compra y contratación de bienes, servicios, consultoría y alquileres con opción de compra y arrendamiento, así como todos aquellos contratos no excluidos expresamente o sujetos a un régimen especial; 2) Contratación de obras públicas y concesiones. Personas: 1) Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que hagan Oferta de bienes y servicios requeridos por las instituciones de la administración pública o contraten obras o concesionen obras o servicios o ambos. 2) Dos o más personas que presenten oferta como un conjunto actuando como una sola, estableciendo en un acto notarial que actúan bajo esa…
El documento recoge un plazo de 12 meses en un cuadro de criterios y de 18 meses en las evaluaciones de oferentes. Esa contradicción puede afectar la uniformidad con que se evaluaron los cronogramas; el pliego y las especificaciones resumidas en el expediente también apuntan a 18 meses, por lo que debe verificarse cuál regla aplicaron los peritos.
“Tiempo de ejecución de obras será de 12 meses. … Tiempo de ejecución de obras será de 18 meses.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Consorcio Eco Las LilasEvaluación preliminar: se solicita presentar nuevamente legible el listado de partidas de una obra citada como experiencia; también se consigna que el formulario de equipos no está firmado ni sellado.
Mencionado
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Consorcio J López RodecoEvaluación preliminar: debe subsanar el formulario SNCC.F.034 y presentar las cartas de referencias comerciales requeridas.
Mencionado
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Consorcio RiadaEvaluación preliminar: se solicitan contratos, cubicaciones y listados de partidas para acreditar experiencia en obras civiles, columnas de grava y tablaestacas.
Consorcio Grupo Nu Energy - H. VelozEvaluación preliminar: se solicitan documentos y aclaraciones sobre experiencia, equipos alquilados y experiencia del personal clave; también debe completar documentación de contratos de experiencia.
Mencionado
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Consorcio Las Lilas CoasEvaluación preliminar: debe subsanar el formulario SNCC.F.034, documentación financiera y soportes de experiencia y de equipos alquilados.
Mencionado
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Consorcio Ingeniería Integral TFHEvaluación preliminar: debe subsanar estados financieros auditados y una referencia bancaria; también se solicita subsanar el formulario SNCC.F.034.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona