Diferencia sustancial en la dirección de documentos del oferente
· hace 11 meses
El informe observa que la dirección de la certificación del RNC presentada por MARTÍNEZ TORRES TRAVELING difiere sustancialmente de la indicada en su formulario y registro mercantil. Conviene verificar la correspondencia de los documentos con el oferente; el informe no determina que exista una irregularidad ni basa en este punto la descalificación.
“Nota: Se destaca que la dirección suministrada en esta certificación difiere sustancialmente de la dirección presentada por el oferente en el formulario SNCC.F.042 y en el Registro mercantil.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 119 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 119 — Evaluación de las ofertas técnicas
Artículo 119. Evaluación de las ofertas técnicas. Los peritos responsables de evaluar las ofertas técnicas, previamente designados por el Comité de Compras y Contrataciones o por la Dirección Administrativa y Financiera, procederán a verificar minuciosamente las credenciales y evaluar la oferta técnica de los oferentes. Párrafo I. Al evaluar las credenciales, los peritos deberán examinar detenidamente la documentación presentada y asegurarse de la veracidad de la información proporcionada por los oferentes, así como verificar que éstos cumplen con los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones. Párrafo II. Los peritos deben emitir un informe preliminar mediante un acto…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →