La Resolución MIVHED/CCC/2025/250, de 2025-11-07, aprueba la Enmienda núm. 1 al pliego de la licitación para servicios de montaje de eventos, con presupuesto estimado de RD$10,000,000. Modifica el inicio y la programación de las entregas y añade reglas sobre la subsanación de documentos de experiencia y del personal; consigna una apropiación presupuestaria de RD$200,000, equivalente al 2% del estimado para 2025, con el restante previsto para 2026.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda declara no subsanables las certificaciones que no cumplan el requisito 12.1 y prohíbe variar las ya presentadas. Merece revisar si esa limitación distingue adecuadamente una corrección documental que no altera la oferta de una modificación sustantiva, pues el reglamento considera subsanables los documentos de credenciales cuando el requisito se cumplía al presentar la oferta.
“Presentar certificaciones de experiencia y del personal propuesto que no cumplan con el requisito … establecido 12.1 (Documentación Técnica … Una vez presentados, no serán aceptadas variaciones de las certificaciones de experiencia ni”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación
Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina el límite de 48 horas y la obligación de expresar tiempos estimados de prestaciones accesorias que permitían verificar compromisos de entrega..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Sección I, numeral 6: Tiempo de ejecución del servicioPlazo y programación de las entregas
La entrega no podía exceder las 48 horas previas a la hora acordada; la oferta debía expresar tiempos estimados de prestaciones accesorias para controles institucionales.
Los servicios se realizarán en las fechas acordadas, a requerimiento de la entidad, dentro de la vigencia contractual; no fija una anticipación concreta para el requerimiento.
RelajaQuita un control: Se elimina el límite de 48 horas y la obligación de expresar tiempos estimados de prestaciones accesorias que permitían verificar compromisos de entrega.
Sección I, numeral 11.2.2: Errores no subsanablesCertificaciones de experiencia y personal propuesto
La lista de errores no subsanables no incluía expresamente las certificaciones de experiencia ni las del personal propuesto.
Añade como no subsanables las certificaciones que no cumplan el requisito 12.1; permite subsanar los formularios o soportes omitidos, pero no variar certificaciones ni cambiar el personal una vez presentados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona