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Pliego

Pliego de Condiciones MIVHED-CCC-LPN-2025-0022 .pdf

SERVICIOS DE MONTAJE DE EVENTOS PARA ENTREGA DE OBRAS GUBERNAMENTALES A NIVEL NACIONAL · Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones

Publicado el 6 oct de 202539 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIVHED-CCC-LPN-2025-0022

Lo que dice

El pliego fija un presupuesto referencial de RD$10,000,000 para contratar servicios de montaje de eventos a nivel nacional y programa la recepción de ofertas para el 20 de noviembre de 2025. Establece evaluación técnica y económica, exige capacidad para montar dos eventos simultáneos y dispone que las ofertas económicas presenten exactamente RD$10,000,000; también identifica a Patricia Florentino como responsable del contrato.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (4 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$10 millones

El pliego exige ofertas por un monto total fijo

Documento del 6 oct 2025 · hace 1 año

El pliego exige que cada propuesta económica sea por RD$10,000,000, aunque dispone adjudicar según el menor precio en la mayor cantidad de ítems. Esa exigencia limita la competencia por precio total y puede dificultar comparar ofertas económicas; el portal registra una oferta de RD$8,500,000, dato que deberá contrastarse con la evaluación y las reglas aplicadas.

“NOTA: Dado que la presente contratación es por desmonte, los oferentes/proponentes participantes deberán presentar propuestas por la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$10,000,000.00 … La Adjudicación será decidida a”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

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A revisarHallazgo en documentos

La inspección exige instalaciones e inventario físicos específicos

Documento del 6 oct 2025 · hace 1 año

La habilitación depende de una visita a las instalaciones y de mostrar local cerrado y techado, inventario para dos eventos simultáneos, medios de transporte y documentación del inmueble vinculada a la razón social y generada al menos un mes antes de ofertar. La capacidad operativa guarda relación con el servicio, pero las condiciones físicas del local y la antigüedad documental pueden restringir la participación más allá de verificar esa capacidad.

“El local debe estar cerrado y techado (no al aire libre), debe estar construido en Block o en un material de superior calidad … Los documentos que avalen que el inmueble donde se encuentran ubicados tanto las oficinas administrativas como”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

El método de precios temerarios usa el promedio de las ofertas

Documento del 6 oct 2025 · hace 1 año

El pliego propone calcular una media de los precios ofertados, excluyendo la oferta inicialmente considerada temeraria, y usarla como referencia para identificar ofertas bajas. El Reglamento establece que no se utilice el promedio simple de las ofertas recibidas para determinar si una oferta es sustentable y requiere que los criterios y el porcentaje se definan respecto del presupuesto base publicado.

“Para determinar las Ofertas Temerarias, se realizará una media de los precios Ofertados por los Oferentes, excluyendo la que se presume temeraria. Luego de tener el valor promedio partiendo de la media, aquella que esté por debajo de un 10%”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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ContextoHallazgo en documentos

El plazo de vigencia de la garantía de seriedad queda contradictorio

Documento del 6 oct 2025 · hace 1 año

Una cláusula exige vigencia hasta veinte días después de la fecha prevista para suscribir el contrato, mientras otra fija como fecha límite el 6 de enero de 2026, también prevista para la suscripción. La discrepancia puede generar interpretaciones distintas sobre la vigencia exigible de la garantía.

“los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta, que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato … Con una vigencia hasta el seis (6”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.

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Otros documentos del proceso (17)

  • CONVOCATORIA MIVHED-CCC-LPN-2025-0022.pdfDocumento · 3 oct de 2025
  • SOLICITUD DE COMPRAS.pdfSolicitud de compra · 3 oct de 2025
  • ANEXOS.zipDocumento · 3 oct de 2025
  • Declaración jurada MIVHED-CCC-LPN-2025-0022.docxDocumento · 6 oct de 2025
  • Resolución Inicio MIVHED-CCC-LPN-2025-0022 .pdfPliego · 6 oct de 2025
  • FORMULARIO DETALLES DE COSTOS LPN-2025-0022.xlsxDocumento · 6 oct de 2025
  • Resolución Inicio MIVHED-CCC-LPN-2025-0022 .pdfInforme pericial · 6 oct de 2025 · 1 señal
  • PERIODICOS.zipDocumento · 7 oct de 2025
  • PERIODICOS.zipDocumento · 30 oct de 2025
  • Resolución Enmienda MIVHED-CCC-LPN-2025-0022 .pdfEnmienda · 7 nov de 2025 · 2 señales
  • Resolución Enmienda MIVHED-CCC-LPN-2025-0022 .pdfEnmienda · 7 nov de 2025 · 2 señales

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Resolución Adjudicacion MIVHED-CCC-LPN-2025-0022.pdf
Acta de adjudicación · 15 dic de 2025 · 2 señales
  • Compulsa notarial acto apertura Sobres B_0001.pdfDocumento · —
  • CONTRATO RICO BUFFET.pdfContrato · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Informe Final MIVHED-CCC-LPN-2025-0022 .pdfDocumento · —
  • Resolución Adjudicacion MIVHED-CCC-LPN-2025-0022.pdfActa de adjudicación · —