El formulario de evaluación del área propuesta para la subestación Cumayasa, fechado el 12 de diciembre de 2024, concluye que el terreno presenta alta viabilidad. Registra una extensión de “6,288,60 m2” y consigna asuntos por completar, entre ellos un levantamiento de flora y un análisis de impacto social, además de indicar que no hay sistema de saneamiento disponible.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El formulario concluye que el terreno presenta alta viabilidad, pero también consigna que debe hacerse un levantamiento para inventario de flora y un análisis de impacto social, y que no hay sistema de saneamiento disponible. Conviene verificar si esos aspectos se evaluaron y resolvieron antes de confirmar la aptitud del terreno para la contratación.
“Hacer levantamiento para inventario de la nora Disponibibilidad de energía eléctrica y agua. No disponible sistema de saneamiento … Hacer análisis de impacto social … El terreno (sitio) presenta alta viabilidad para la construcción de la”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 75 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 75 — Criterio de sostenibilidad
Artículo 75. Criterio de sostenibilidad. Las instituciones contratantes promoverán la sostenibilidad en la contratación para lo cual, al momento de determinar las especificaciones técnicas del bien o condiciones para la prestación del servicio u obra requerida, considerarán el costo a invertir para su uso efectivo y eficiente, verificando su impacto ambiental, social y económico durante la producción y el consumo del mismo y reflejando su relevancia en los criterios de adjudicación que determinarán la contratación o no del mismo, en atención al criterio de valor por dinero.
El formulario registra una extensión de 6,288,60 m², mientras que el requerimiento resumido en el expediente establece un terreno de 61,000 a 101,000 m². La diferencia, que podría deberse a un error de transcripción o a que se evaluó solo una parte del terreno, requiere aclaración porque afecta la verificación de que el área evaluada satisface el objeto técnico.
“Extensión Terreno (1112): No X X X X X X X X X X X X 12 … 6,288,60 m2”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona