La Enmienda 1 modifica requisitos documentales y de experiencia, precisa el levantamiento en Santiago y detalla el servicio de seguridad y el plazo de ejecución. También establece la vigencia de la oferta y de su garantía, y actualiza la matriz de evaluación técnica; el bloque de firmas contiene una fecha discordante («veintidós (04)» de noviembre de 2025), por lo que no puede determinarse con certeza la fecha del documento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda exige cinco certificaciones de recepción conforme y experiencia mínima de cinco años en servicios de naturaleza similar. Por su acumulación, conviene revisar si estos requisitos guardan proporción con el objeto y su complejidad, pues pueden reducir el universo de oferentes.
“Certificaciones recepción de servicio conforme, de empresas o instituciones a las cuales les han brindado servicios montaje, coordinación, producción, logística y seguridad (mínimo cinco certificaciones). Certificaciones, contratos o factur”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El documento establece que la garantía debe durar 90 días después de la fecha prevista para la firma, pero también fija como término el 30/03/2026, mientras la oferta se mantiene solo hasta el 30/01/2026. La falta de concordancia puede afectar la claridad sobre el período durante el cual se exige mantener la oferta y la garantía.
“que esté vigente hasta noventa (90) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato… Con una vigencia desde la presentación de la oferta el 18/11/2025 hasta la suscripción del contrato el 30/03/2026 estab”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
Numeral 13, documentación legal de la oferta técnicaCertificaciones de servicios y experiencia
El pliego anterior no se reproduce en el documento.
Se agregan al menos cinco certificaciones de recepción conforme y certificaciones, contratos o facturas que acrediten experiencia mínima de cinco años.
Endurece
Numeral 7, cronograma de actividadesLevantamiento del lugar de ejecución
El pliego anterior no se reproduce en el documento.
Se identifica el Parque Central de Santiago y se indican jornadas de levantamiento de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 3:30 p. m., del 05/11/2025 al 18/11/2025.
Aclara
Numeral 3, especificaciones técnicas del servicioSeguridad de la feria
El pliego anterior no se reproduce en el documento.
Se especifica la contratación de veinte personas de seguridad para los tres días de feria, durante 24 horas.
Aclara
Numeral 6, tiempo de ejecución del servicioPlazo de ejecución
El pliego anterior no se reproduce en el documento.
El servicio se ejecutará en los plazos secuenciales y finales del pliego, durante cinco días, según cronogramas de trabajo presentados y aprobados por PROINDUSTRIA.
Aclara
Numeral 14, contenido de la oferta económicaVigencia de oferta y garantía de seriedad
El pliego anterior no se reproduce en el documento.
La oferta se mantiene del 18/11/2025 al 30/01/2026; la garantía se fija en 1% de la oferta y el documento también consigna vigencia hasta el 30/03/2026 y hasta 90 días después de la fecha prevista para suscribir el contrato.
Aclara
Numeral 13, documentación técnica de la ofertaSubsanabilidad de documentos
El pliego anterior no se reproduce en el documento.
Se incorpora una matriz que declara no subsanables la oferta técnica, la propuesta 3D o maqueta, el plan de trabajo, el catálogo, la carta compromiso y el consentimiento de pago; el formulario de experiencia y el listado de personal figuran como subsanables.
Endurece
Numeral 18, metodología y criterios de evaluaciónCriterios de elegibilidad y evaluación técnica
El pliego anterior no se reproduce en el documento.
Se presenta una evaluación cumple/no cumple para documentación legal y propuesta técnica, incluyendo experiencia mínima indicada como «(03 A 5) años consecutivos».
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona