La Resolución núm. DIECOM-CCC-2025-0028, de fecha 2025-10-28, adjudica a OMD DOMINICANA, SRL el eje 2.2 de servicios de ideas disruptivas por RD$192,720,000.00, impuestos incluidos. El portal registra para el mismo proceso un contrato de RD$289,040,000.00, cifra superior a la adjudicación consignada en la resolución.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución adjudica RD$192,720,000.00, mientras que el portal registra para OMD DOMINICANA, SRL un contrato de RD$289,040,000.00: una diferencia de RD$96,320,000.00 (50 %). La resolución indica que el monto adjudicado incluye impuestos; conviene verificar si el contrato corresponde al mismo alcance y cómo se autorizó la diferencia.
“ADJUDICAR el presente procedimiento de excepción por obras técnica científica el procedimiento de licitación la Contratación de Continuidad y Soporte: 2.2. Especíalización en Ideas Dísruptívas a partir del Monitoreo de Medios Tradicionales ”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación
Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.
Reglamento 416-23, artículo 171 — Documentos que se integran al contrato
Artículo 171. Documentos que se integran al contrato. Formarán parte del contrato o de la orden de compra o servicio, el pliego de condiciones y sus anexos, la oferta técnica y económica y el cronograma de entrega adjudicados.
La resolución está fechada el 28 de octubre de 2025 y consigna una propuesta recibida el 27 de octubre; el cronograma del portal registra publicación y cierre de ofertas el 3 de noviembre. La diferencia de secuencia merece verificarse en el expediente electrónico, aunque el régimen de selección directa contempla la publicación documental del procedimiento después de formalizado el contrato.
“POR CUANTO; A que en fecha veintisiete (27) de octubre del presente año dos mil veinticinco (2025), la sociedad comercial OMD DOMINICANA SRL remitió su propuesta”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
Según el historial aportado, OMD DOMINICANA, SRL tenía cinco contratos con esta institución por RD$1,655,000,000 en los 24 meses previos; la presente resolución le adjudica otros RD$192,720,000. La concentración acumulada merece revisión como dato de contexto, sin que por sí sola demuestre una irregularidad.
“a la sociedad comercial OMD DOMINICANA SRL, por un monto total de CIENTO NOVENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$192,720,000.00), impuestos incluidos”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona