Verificar la certificación de apropiación presupuestaria
· hace 11 meses
El acta registra una confirmación de disponibilidad de fondos por correo electrónico y autoriza el inicio del procedimiento. El Reglamento exige una certificación de apropiación presupuestaria antes de iniciar o convocar; conviene comprobar si esa certificación consta en el expediente, pues el acta no la identifica.
“la División de Presupuesto confirmó vía correo electrónico que la institución dispone de los fondos necesarios”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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