El Comité de Compras y Contrataciones de la Dirección General de Pasaportes aprobó el 20 de noviembre de 2025 el informe pericial y adjudicó el proceso PASAPORTES-CCC-CP-2025-0011 a IRAJCA, SRL, por RD$24,405,879.40. El acta presenta a IRAJCA como evaluada en calidad de única oferente habilitada.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$24,405,879.40, mientras que el monto estimado consignado en el portal es RD$20,000,000: una diferencia de RD$4,405,879.40, aproximadamente 22.0 %. La diferencia amerita cotejar el monto adjudicado con la apropiación presupuestaria disponible; el dato por sí solo no demuestra que esta fuera insuficiente ni que se superara el umbral reglamentario del 25 % referido a dicha apropiación.
“SEGUNDO: ORDENA ADJUDICAR a la empresa oferente IRAJCA, SRL”, proceso de referencia PASAPORTES-CCC-CP-2025-0011, por un monto de veinticuatro millones cuatrocientos cinco mil ochocientos setenta y nueve pesos dominicanos con cuarenta centav”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El acta refiere que los peritos evaluaron la «única oferta», pero el portal registra también una oferta de Grupo Estrese SRL por RD$18,000,000, aunque figura como «Cargada / Pendiente». Conviene verificar si esa oferta llegó a presentarse válidamente y cómo se conciliaron esos registros con la adjudicación a IRAJCA; el estado pendiente podría reflejar una actualización incompleta del portal.
“Inmediatamente, ordenó a los peritos del proceso de contratación presentar y leer las conclusiones del informe que prepararon como evaluadores de la única oferta.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Oferentes que registra (2)
1 adjudicado · 1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
IRAJCA, SRLEl Comité aprobó el informe pericial y adjudicó a la empresa por cumplir con los requisitos.
Adjudicado
—
RD$24,405,879
Grupo Estrese SRLEl portal registra una oferta de RD$18,000,000 con estado «Cargada / Pendiente»; el acta no la menciona y califica a IRAJCA como evaluada de la única oferta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona