El Acto Administrativo de Adjudicación núm. DIE-ADJ-014-2025, de 2025-10-30, aprueba los resultados de la puja electrónica del proceso DIE-CCC-SI-2025-0007 y adjudica a Sigma Petroleum Corp., S.A.S., los ítems 1, 2 y 3 por RD$76,001,172.80. Registra a ECO Petróleo Dominicana, S.A. y Gulfstream Petroleum Dominicana, SRL como habilitadas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica a Sigma los tres ítems, aunque el pliego citado en el propio documento establece que, en principio, se adjudica un ítem por participante y permite adjudicar varios a uno solo si no hay ofertas válidas para los demás. El acta registra como habilitados a los tres oferentes para los ítems 1, 2 y 3, pero no explica cómo aplica la excepción ni el criterio alternativo de asignación; la decisión afecta directamente el reparto y el adjudicatario.
“En principio, se adjudicará un solo ítem por participante, según resulte la evaluación de ofertas a fines de cumplir con el objetivo indicado. ... Se adjudica a la empresa SIGMA PETROLEUM CORP, S.A.S., para el Ítem 1, 2 y 3, por el monto de”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
La tabla de resultados de puja consigna para Sigma RD$76,000,002.00, mientras que las tablas detalladas por ítem y la resolución de adjudicación suman RD$76,001,172.80. También el portal registra un contrato por RD$76,000,002; la diferencia merece cotejo con el registro electrónico de la puja y el contrato, aunque el acta sí contiene un desglose por ítems que suma el monto adjudicado.
“POSICIÓN 1 | SIGMA PETROLEUM CORP, SAS | RD$ 79,200,002.08 | RD$ 76,000,002.00 ... Se adjudica a la empresa SIGMA PETROLEUM CORP, S.A.S., para el Ítem 1, 2 y 3, por el monto de RD$76,001,172.80 (Setenta y seis millones mil ciento setenta y ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona