La Enmienda No. 01 del proceso DIE-CCC-SI-2025-0007, fechada el 30 de septiembre de 2025, modifica el numeral 6 del pliego sobre el tiempo de entrega de tickets y tarjetas recargables. Añade que las solicitudes de entrega se realizarán después de registrar el contrato ante la Contraloría General de la República; las demás cláusulas permanecen sin cambios.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal fija el cierre de ofertas el 2 de octubre de 2025 y registra la enmienda el 30 de septiembre. Aunque el cambio se refiere al momento de solicitar las entregas, la proximidad al cierre amerita verificar si afectaba la preparación de las ofertas y si el tiempo disponible fue suficiente.
“Las solicitudes de entrega de los bienes serán realizadas luego de haberse registrado el contrato por ante la Contraloría General de la República.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Numeral 6: Tiempo para la entrega de los bienesMomento en que pueden solicitarse las entregas
Se fijaban plazos de entrega de 2 días laborables para tickets y 5 para tarjetas desde el pedido o solicitud, sin establecer que la solicitud debía esperar al registro del contrato.
Se mantienen los plazos y se añade que las solicitudes de entrega se realizarán después de registrar el contrato ante la Contraloría General de la República.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona