La Enmienda 1 del pliego de la subasta inversa MIDEREC-CCC-SI-2025-0007 prevé disponibilidad inicial del 50% de los bienes y entregas posteriores a requerimiento durante un contrato de doce meses; el pliego también conserva en otra sección la exigencia de entregar el 100% en diez días. El presupuesto base es RD$20,100,500.00 para 13 renglones y 4,590 unidades. Según el portal, la enmienda se registró el 30 de octubre de 2025 y el pliego fija la presentación de ofertas para el 31 de octubre.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La evaluación económica exige una oferta inferior a RD$20,001,500, aunque el presupuesto base y el valor estimado de la puja son RD$20,100,500. La diferencia de RD$99,000 puede cambiar qué ofertas se consideran admisibles frente al monto referencial.
“El valor presupuestado para esta compra asciende a la suma de Veinte millones cien mil quinientos pesos dominicanos con cero 00/100 (RD$20,100,500.00) incluidos los impuestos de Ley… … La oferta total presentada es MENOR al precio estimado ”
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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se sustituye la obligación de entrega total dentro de diez días por entregas escalonadas; se debilita el control sobre la disponibilidad inmediata de la totalidad de los bienes, aunque se exige inventario inicial del 50%..
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Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El pliego conserva una exigencia de entregar el 100% dentro de diez días y, en otra sección, establece entregas escalonadas con disponibilidad del 50% inicial y hasta 50 días para el resto. La contradicción deja incierto el calendario aplicable y dificulta verificar el cumplimiento contractual.
“El oferente deberá entregar el (100%) de la cantidad total ofertada a más tardar los primeros diez (10) días calendario, contados a partir del registro del contrato en la Contraloría General de la República. … El oferente deberá demostrar q”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El pliego expresa el margen como 3% y simultáneamente lo consigna entre paréntesis como 1%; en otros pasajes vuelve a asociar ambas cifras. Esta ambigüedad afecta la determinación de qué lances serían válidos durante la puja.
“Posteriormente, si el oferente resulta habilitado para la fase de puja, deberá hacer descuentos -lances- en un rango de mínimo un tres por ciento (1%) de mejora a la oferta de menor precio recibido. … En consecuencia, los lances serán válid”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 144 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 144 — Reglas generales de la puja electrónica
Artículo 144. Reglas generales de la puja electrónica. Las instituciones contratantes y los oferentes deben cumplir estas reglas en la puja electrónica: 1. Las pujas solo pueden durar entre 15 a 60 minutos. El período seleccionado debe indicarse en el pliego de condiciones. 2. El período de las pujas permite que los oferentes mejoren sus propuestas a través de lances sucesivos. 3. Los oferentes son los únicos responsables de los montos que indiquen en cada lance. 4. Los oferentes deben acceder al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) en la hora prevista en el pliego de condiciones, para poder realizar los lances durante el tiempo de puja. 5. Si un oferente decide no…
La descripción de los bienes requiere garantía mínima de un año, pero la metodología de evaluación de muestras consigna una garantía mínima de dos años para el color. El documento no aclara cuál plazo rige para evaluar y habilitar las ofertas.
“Garantía mínima de un (1) año. … Garantía mínima 2 Años en el color”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
Sección III, numeral 4: Plazo de ejecución del contratoModalidad y plazo de entrega de los bienes
Entregar el 100% de la cantidad total ofertada dentro de los diez días calendario posteriores al registro del contrato en Contraloría.
Demostrar inventario del 50%; disponer del 50% restante en un máximo de 50 días y entregarlo dentro de 48 horas de cada requerimiento escrito, durante un contrato de doce meses o hasta agotar cantidades.
RelajaQuita un control: Se sustituye la obligación de entrega total dentro de diez días por entregas escalonadas; se debilita el control sobre la disponibilidad inmediata de la totalidad de los bienes, aunque se exige inventario inicial del 50%.
Sección I, numeral 8: Cronograma de actividadesFecha de presentación de ofertas
El portal registra cierre de ofertas el 30 de octubre de 2025.
El cronograma del pliego fija la presentación de ofertas para el 31 de octubre de 2025 a las 12:00 p. m.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona