viernes, 16 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego RV.pdf

ADQUISICIÓN DE PINTURA PARA REMOZAMIENTO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL DISTRITO NACIONAL Y LA REGION SUR · Ministerio de Deportes, Educación Física y Recreación

Publicado el 22 oct de 202542 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIDEREC-CCC-SI-2025-0007

Lo que dice

El pliego del proceso MIDEREC-CCC-SI-2025-0007 convoca, desde el 22 de octubre de 2025, una subasta inversa para adquirir 13 renglones de pintura, con presupuesto base de RD$20,100,500.00. Establece que la oferta debe cubrir todos los ítems y que la adjudicación recaerá en quien cumpla las especificaciones y presente el menor precio en la puja; sin embargo, el límite económico de evaluación también aparece como RD$20,001,500.00.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$20.1 millones

Dos límites distintos para admitir la oferta económica inicial

Documento del 22 oct 2025 · hace 11 meses

El presupuesto base es RD$20,100,500.00, pero la metodología económica exige una oferta menor de RD$20,001,500.00. Esa diferencia de RD$99,000 puede excluir ofertas que estén por debajo del presupuesto base, pero no del segundo límite; conviene verificar cuál se aplicó al habilitar las ofertas.

“El valor presupuestado para esta compra asciende a la suma de Veinte millones cien mil quinientos pesos dominicanos con cero 00/100 (RD$20,100,500.00) incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Oferta global obligatoria para los 13 renglones

Documento del 22 oct 2025 · hace 11 meses

El pliego descalifica las ofertas parciales y exige cubrir el total de los 13 ítems. La condición puede reducir la participación de proveedores capaces de suministrar solo parte de la variedad requerida; sería pertinente verificar su justificación en los estudios previos y su efecto sobre la competencia.

“No se aceptarán ofertas parciales, el oferente debe presentar oferta por el total de los ítems, conforme a su descripción y a su cantidad. Si el oferente presenta ofertas parciales su oferta será descalificada sin más trámite.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 88 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

ContextoHallazgo en documentos

Requisito de experiencia descrito de forma desigual

Documento del 22 oct 2025 · hace 11 meses

Una sección pide certificaciones de experiencia en galones y cubetas, mientras que la tabla de evaluación técnica limita la evidencia a galones. Esta diferencia deja incierto qué experiencia se aceptaría para acreditar capacidad y puede producir evaluaciones dispares.

“Para tales fines, deberá adjuntar al formulario mínimo tres (3) certificaciones de buen cumplimento y recepción conforme de Galones y Cubetas de Pinturas emitida por instituciones contratantes (sector público o privado) donde se certifique ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Otros documentos del proceso (22)

  • SNCC_F_056_Formulario_de_Entrega_de_Muestras.docxDocumento · 22 oct de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica (1).docxDocumento · 22 oct de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 22 oct de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 22 oct de 2025
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes (1).docxDebida diligencia · 22 oct de 2025
  • FORMULARIO DE CONOCIMIENTO DEL CODIGO ETICA 1.docxDocumento · 22 oct de 2025
  • Código de Ética.pdfDocumento · 22 oct de 2025
  • COMPROMISO ETICO DE PROVEEDORES.pdfDocumento · 22 oct de 2025
  • Resolucion de inicio SI-07.pdfInforme pericial · 22 oct de 2025
  • Solicitud .pdfSolicitud de compra · 22 oct de 2025 · 1 señal
  • especificacion tecnica_001.pdfPliego · 22 oct de 2025 · 2 señales

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 88 — División en renglones o lotificación

Artículo 88. División en renglones o lotificación. En los casos en que una misma convocatoria abarque un número importante de unidades del mismo bien, servicio u obra, podrá distribuirse la cantidad total en diferentes renglones o lotes.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
especificacion tecnica_001.pdfDocumento · 28 oct de 2025
  • Pliego RV.pdfPliego · 29 oct de 2025 · 5 señales
  • Pliego Enmienda 1.pdfEnmienda · 30 oct de 2025 · 4 señales
  • Pliego Enmienda 1.pdfEnmienda · 30 oct de 2025 · 5 señales
  • Resoluciòn No. CCC-111-2025 Acta de Adjudicacòn .pdfActa de adjudicación · 25 nov de 2025 · 2 señales
  • CONTRATO PISOS Y TECHADO TORGINOL.pdfContrato · —
  • CONTRATO PISOS Y TECHADO TORGINOL.pdfContrato · —
  • Informe Definitivo.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Resoluciòn No. CCC-111-2025 Acta de Adjudicacòn .pdfActa de adjudicación · —
  • Resoluciòn No. CCC-111-2025 Acta de Adjudicacòn .pdfActa de adjudicación · —