El pliego convoca la comparación de precios JDMV-CCC-CP-2025-0003 para 15 obras administrativas y participativas, con presupuesto base de RD$15,204,132.05, impuestos incluidos. Establece evaluación técnica y económica cumple/no cumple y adjudicación al menor precio entre las ofertas técnicamente habilitadas. El documento presenta requisitos y condiciones de participación que merecen revisión, incluida la actividad comercial RPE exigida y disposiciones contradictorias sobre subsanabilidad.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego clasifica el proceso y exige que el RPE contenga la actividad 72101703, relativa a construcción de orillas de calles o vías públicas. La condición se aplica a una contratación que incluye, entre otras, parques, una capilla, una casa de cultura y estaciones de defensa civil y de bomberos; conviene verificar si ese código es pertinente para todos los objetos y si limita la participación de empresas habilitadas para otras especialidades de construcción.
“dicha contratación ha sido clasificada bajo el rubro – clase … Servicio para la construcción de la orilla de la calle o de otra vía pública … Registro de Proveedores del Estado (RPE) actualizado, emitido por la Dirección General de” (págs. 4-25)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El pliego califica el formulario económico como no subsanable en una sección, pero en la ficha de evaluación permite subsanarlo en cuanto a la forma o errores aritméticos. La contradicción puede afectar qué defectos formales se corrigen y cuáles podrían producir el rechazo de una oferta.
“Formulario de Presentación de Oferta Económica (SNCC.F.033), presentado en un (1) original debidamente marcado como “ORIGINAL” en la primera página de la oferta, junto con dos fotocopias simples de la misma. El original deberá estar firmado” (pág. 21)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación
Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…
El pliego prevé rechazar ofertas que superen en más de 10% el presupuesto de referencia bajo el mismo rótulo de oferta «no sustentable y temeraria» usado para las ofertas demasiado bajas, concepto que el artículo 130 del Reglamento 416-23 reserva para precios anormalmente bajos. Es una imprecisión de redacción del pliego; no se demuestra efecto en el resultado de la evaluación.
“La propuesta económica de un oferente podrá rechazarse si (Por considerar la Oferta No sustentable y Temeraria): Supera en un diez por ciento (10%) el presupuesto de referencia de la Entidad Contratante o que este por debajo de un diez por ” (pág. 6)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El pliego fija la vigencia de las ofertas hasta el 15 de octubre de 2026 y también establece una garantía de seriedad con vigencia de un año desde la fecha prevista para la firma. Dada la convocatoria del 30 de octubre de 2025, la duración es extensa y puede implicar un costo financiero y una obligación prolongada para los participantes; conviene verificar su proporcionalidad y compatibilidad con el cronograma.
“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el día 15 del mes de OCTUBRE del año 2026 y con la misma fecha de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta]. Con vigencia de Un año después de la fecha prevista en” (pág. 20)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 22 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona