El Acto Administrativo MOPC-ADJ-009-2025, de 3 de octubre de 2025, aprueba el informe económico y adjudica 35 lotes del proceso MOPC-CCC-LPN-2025-0001 por un total de RD$7,900,000,000. Declara desiertos cinco lotes —11 a 14 de la Región III y 18 de la Región IV— por RD$1,000,000,000; junto con los lotes adjudicados, corresponden al presupuesto estimado de RD$8,900,000,000. El acta consigna que Luis Ernesto Guevara Álvarez se inhibió por su vínculo profesional previo con un oferente, pero su cierre identifica como inhibido a otro miembro.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$250,000,000 al Consorcio CDI60. Según los datos registrales aportados, su inicio de actividades figura el 6 de junio de 2025 y su inscripción en el RPE el 23 de junio de 2025, antes de la recepción de ofertas del 8 de julio; conviene verificar la experiencia y capacidad acreditadas por el consorcio y sus integrantes para una adjudicación de esta magnitud.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
El cuerpo señala que Luis Ernesto Guevara Álvarez se inhibió por su vínculo profesional previo con un oferente, pero el cierre marca como “INHIBIDO” a Liqui Micael Pascual Almengo y lista a Guevara como miembro. La discrepancia hace necesario cotejar quién participó en la deliberación y en la votación unánime.
“Que el Ing. Luis Ernesto Guevara Álvarez, en su calidad de Director General de Planificación y Desarrollo, miembro del Comité de Compras y Contrataciones, ha manifestado su inhibición para participar en todas las fases del presente proceso,”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · Reglamento 416-23, art. 10 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
Reglamento 416-23, artículo 10 — Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 10. Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones es un órgano que ejercerá sus funciones de forma colegiada y se considerará válidamente reunido con tres (3) de los cinco (5) miembros, no pudiendo faltar en ningún caso el presidente del comité o quien designe. Párrafo I. El Comité de Compras y Contrataciones decidirá por la mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o debidamente representados y, en caso de empate, el voto del presidente será decisivo. Párrafo II. Todas las decisiones o actuaciones del Comité de Compras y Contrataciones se harán constar mediante actos administrativos motivados que dejarán constancia de la…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona