El pliego fija las bases de una subasta inversa para adquirir nueve tipos de alimentos, con un presupuesto de RD$610,500,000 y adjudicación al menor precio tras cumplir los requisitos técnicos. Incluye un cronograma que sitúa la recepción de ofertas el 4 de noviembre de 2025, aunque el portal registra el cierre el 5 de noviembre; además, el documento contiene fechas distintas para la entrega de muestras y reglas que merecen revisión sobre certificación MIPYME, lotes y el requisito de logo.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal describe el procedimiento como sin lotes; el pliego divide productos en ítems A-D, fija reglas de adjudicación por ítem y, a la vez, señala que la puja será por lote. Debe verificarse cómo quedó configurada la puja en el SECP, pues la diferencia puede afectar la presentación y comparación de ofertas.
“Para este procedimiento el tipo de puja a utilizarse será por [lote]. ... NOTA 2. El oferente deberá participar por la cantidad completa indicada en el item ofertado, no se aceptarán ofertas parciales por item.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego incluye una certificación MIPYME vigente entre las credenciales y la incorpora a la evaluación, aunque el portal indica que el procedimiento no está reservado a MIPYMES. Aplicada como requisito habilitante a todos los participantes, podría excluir a empresas que no tengan esa condición.
“Certificación de MIPYMES en original y vigente. (SUBSANABLE)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 159 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 159 — Participación
Artículo 159. Participación. En los procedimientos dirigidos MIPYMES solamente podrán participar aquellas que se encuentren certificadas como MIPYMES por el Ministerio de Industria y Comercio y por el Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA) e inscritas bajo tal condición en el Registro de Proveedores del Estado. Párrafo I. Las MIPYMES en general, MIPYMES mujeres y MIPYMES industriales, además de participar en los procedimientos dirigidos exclusivamente a éstas, podrán a su vez presentar ofertas en los demás procedimientos de selección previstos en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento, para ampliar sus oportunidades de participación y…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego exige que la carta de compromiso incluya el logo y la frase «Prohibido su venta», mientras que el resumen de la Enmienda No. 2 indica que ambas exigencias fueron suprimidas de esa carta. La discrepancia entre el pliego y la enmienda puede dejar incierto qué condición rige para presentar la oferta.
“EL ETIQUETADO CON LOGO DE LA INSTITUCION NO SERA REQUERIDO PARA LAS MUESTRAS, PERO SI EL OFERENTE DEBERA PRESENTAR UNA CARTA COMPROMISO QUE DE SER ADJUDICADO DEBERA ENTREGAR LOS PRODUCTOS CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS INCLUYENDO ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El pliego dispone descalificar ofertas si los oferentes tienen accionistas en común, sin expresar un umbral de participación ni exigir que la coincidencia evidencie una infracción a la competencia. La regla puede excluir competidores por el solo vínculo societario.
“NOTA: Se descalificarán las ofertas correspondientes a los oferentes que cuenten con accionistas en común.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
El pliego REV-00 indica en un apartado que las muestras se reciben hasta el 4/11/2025 a las 15:00 y en otro que se reciben hasta el 3/11/2025 a las 14:00, en ambos casos como requisito no subsanable. La discrepancia crea incertidumbre sobre el plazo aplicable para un requisito cuya falta conlleva descalificación; el proceso fue cancelado el 4 de noviembre de 2025 antes de la apertura de ofertas.
“NOTA: LAS MUESTRAS SERAN RECIBIDAS HASTA EL 4/11/2025 EN HORA 15:00P.M. ... NOTA: LAS MUESTRAS SERAN RECIBIDAS HASTA EL 3/11/2025 EN HORA 14:00P.M.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Proagro Dominicana, SRLEl portal registra una oferta de RD$0 con estado «Aprobada»; ese estado no permite concluir que fue habilitado en la evaluación técnica.
Afrezo, SRLEl portal registra una oferta de RD$18,000,150 con estado «Cargada / Pendiente».
Mencionado
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RD$18,000,150
Maxar Intercaribe, SRLEl portal registra una oferta de RD$59,936,250 con estado «Aprobada»; ese estado no permite concluir que fue habilitado en la evaluación técnica.
Mencionado
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RD$59,936,250
Binax Dominicana, SRLEl portal registra una oferta de RD$185,291,000 con estado «Cargada / Pendiente».
Mencionado
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RD$185,291,000
Cambios que introduce (1)
Sección
Antes
Después
Efecto
Cronograma de actividadesFecha de recepción de ofertas
El portal registra el cierre de ofertas el 5 de noviembre de 2025.
El pliego fija la recepción de las propuestas para el 4 de noviembre de 2025 a las 15:00.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona