Verificar publicación de la Enmienda II en el portal
· hace 11 meses
El portal aportado indica como última enmienda registrada el 30/09/2025, mientras que esta acta, fechada el 23/10/2025, ordena publicar una nueva enmienda en el SECP. El dato puede deberse a un retraso del portal; conviene verificar si la publicación se realizó para que los participantes conocieran el cronograma actualizado.
“SEGUNDO: ORDENAR a la UNIDAD DE COMPRAS la publicación de esta acta en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y a la Oficina de Libre Acceso a la Información la publicación de esta acta en la sección de Transparencia del p”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →