El Acto Administrativo núm. 24-2025, fechado el 20 de octubre de 2025, aprueba iniciar la comparación de precios ARD-CCC-CP-2025-0024 para montar y desmontar la ceremonia de graduación de los guardiamarinas y designa peritos financieros, legal y técnico. Ordena convocar a oferentes y publicar el acto; según el portal, la convocatoria se publicó el 22 de octubre y el monto estimado fue RD$3,700,000.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (9 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El comité designa tres peritos, pero también incluye como evaluadores a personas que estos designen. Esto deja abierta la identidad de parte del equipo que evaluará las ofertas y amerita verificar quiénes fueron designados y bajo qué criterios; el reglamento atribuye al comité la designación de los peritos.
“DESIGNAR, en virtud de lo estipulado en el Artículo 36, párrafo I y el artículo 71 del Decreto ; al Teniente de Navío, ARD, MANUEL ANTONIO RAMÍREZ LABOURT, Perito Financiero, al Teniente de Fragata, ARD, WILDIN DÍAZ MÉNDEZ, Perito Legal y l”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
El acto aprueba una comparación de precios, pero fundamenta esa decisión en el numeral 1 del artículo 16 de la Ley 340-06, que regula la licitación pública; la comparación de precios está en el numeral 4. La discrepancia amerita verificar la fundamentación aplicada, aunque el documento identifica expresamente el procedimiento como comparación de precios.
“PRIMERO: APROBAR, el proceso de Comparación de Precios , referente a la contratación para el montaje y desmontaje a todo costo para de la ceremonia de graduación de los guardiamarinas que se graduaran en el presente año 2025, en la Academia”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 16 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 16
ART. 16. Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las contrataciones son: 1) Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. Las licitaciones públicas serán internacionales en los siguientes casos: i) Cuando la compra o contratación esté cubierta por un tratado o acuerdo en vigor entre la República Dominicana y otro Estado u organismo multilateral o bilateral…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona