Apropiación y rango porcentual citado requieren conciliación
· hace 11 meses
El acta consigna una apropiación de RD$3,081,560 frente a una solicitud de RD$15,407,792.40, equivalente aproximadamente al 20% de esta última, mientras cita una circular que permite certificaciones de entre 2% y 5% para ciertos procesos del último trimestre. El documento no precisa la base del porcentaje ni explica cómo se concilian ambas cifras; conviene verificar el cálculo y qué monto se preveía pagar en cada ejercicio fiscal.
“«Que en fecha nueve (09) de julio del año dos mil veinticinco (2025), fue emitido el Certificado de Apropiación Presupuestaria, por el monto total de Tres Millones Ochenta y Un Mil Quinientos Sesenta Pesos Dominicanos con 00/100 (RD$ 3,081,”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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