La Resolución de Adjudicación No. CCC-MIDE-2025-59, de fecha 2025-10-15, adjudica el lote I a HENGEL, SRL por RD$123,654,056.49 y el lote II a RINVAR, SRL por RD$29,030,924.76, ambos con ITBIS incluido y plazo de ejecución de hasta 12 meses. El acta aprueba por unanimidad el informe pericial y ordena notificar la adjudicación y elaborar los contratos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta identifica únicamente a HENGEL y RINVAR como participantes, y la tabla asigna una oferta a cada uno en lotes distintos; cada empresa aparece en primer lugar con 100 puntos. El resultado deja cada lote sin comparación de precios entre ofertas competidoras, lo que merece revisar la competencia efectiva por lote, aunque no implica por sí solo una irregularidad.
“los representantes de las empresas HENGEL, SRL., y RINVAR, SRL., retiraron el Pliego de Condiciones Específicas y presentaron sus propuestas. HENGEL, SRL. | I | 70 | RD$123,654,056.49 | 30.00 | 100 | 1 RINVAR, SRL. | II | 70 | RD$29,030,924”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El acta adjudica montos concretos a ambas empresas, pero los datos del portal consignan para cada oferta RD$0 y estado «Cargada / Pendiente», mientras registran contratos por los montos adjudicados el 2025-10-16. Puede tratarse de información del portal desactualizada o incompleta; conviene verificar el expediente electrónico y la consistencia de sus registros.
“Por el monto de cientos veintitrés millones seiscientos cincuenta y cuatro mil cincuenta y seis pesos dominicanos con 49/100 (RDS123,654,056.49) con Itbis incluido.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Oferentes que registra (2)
2 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
HENGEL, SRLAdjudicataria del lote I; el acta indica que su propuesta obtuvo 70 puntos técnicos y 30 económicos.
Adjudicado
Lote I
RD$123,654,056
RINVAR, SRLAdjudicataria del lote II; el acta indica que su propuesta obtuvo 70 puntos técnicos y 30 económicos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona