El pliego de septiembre de 2025 establece las bases de la comparación de precios JMC-CCC-CP-2025-0004, dirigida a MIPYMES, para construir la funeraria municipal de Valiente, con presupuesto base de RD$13,767,301.41 y plazo de ejecución de hasta seis meses. El documento contiene fechas incompatibles para el cierre de ofertas y plazos divergentes para la vigencia de la garantía de seriedad; también establece que el contrato se perfecciona con su publicación, aunque el Reglamento dispone que se publique después de perfeccionado.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (3 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego señala que el contrato se perfecciona al publicarse en el SECP y en el portal institucional. El Reglamento, en cambio, prevé la formalización mediante firma y la publicación después del perfeccionamiento; la diferencia puede afectar la determinación del momento en que comienzan las obligaciones contractuales.
“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP-Portal Transaccional y en el portal institucional de la Junta del Distrito Municipal De La Caleta en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripció”
Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación
Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
El cronograma de la página 5 fija la recepción hasta el 21 de octubre de 2025, pero la página 24 indica que termina el 17 de octubre. Aunque ambas fechas parecen superar el mínimo de cinco días hábiles de la comparación de precios, la discrepancia deja incierto el cierre aplicable y puede afectar la participación.
“Las propuestas serán recibidas desde el 08 de octubre de 2025 hasta el 21 de octubre de 2025, a las 11:00 a.m … Las ofertas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta el 17 de octubre 2025 hasta las 12”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 100 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 100 — Convocatoria en las comparaciones de precios
Artículo 100. Convocatoria en las comparaciones de precios. La convocatoria a presentar ofertas en un procedimiento por comparación de precios deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse con un mínimo de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de ofertas.
En este pliego, la oferta debe mantenerse vigente hasta el 17 de diciembre de 2025, pero la tabla de evaluación económica indica que la garantía tiene vigencia hasta el 27 de septiembre de 2025, antes de la convocatoria del 8 de octubre. Esta fecha concreta añade una discrepancia que puede incidir en la admisión de ofertas y en la cobertura de la garantía.
“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el 17 de diciembre del 2025 … Garantía Bancaria de Entidades Financieras o Póliza de fianza de reconocida solvencia en la República Dominicana, con vigencia 30 días”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 197 · Reglamento 416-23, art. 196 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.
El pliego identifica el proceso principalmente como JMC-CCC-CP-2025-0004, pero las instrucciones para rotular sobres indican la referencia JMC-CCC-CP-2025-0003 y otra sección usa JMLC-CCC-CP-2025-0004. Conviene verificar que la identificación correcta se comunicó uniformemente a los participantes.
“REFERENCIA: JMC-CCC-CP-2025-0003 … con el número de Referencia JMLC-CCC-CP-2025-0004”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona