La Enmienda núm. 01-2025, aprobada el 9 de octubre de 2025 para el proceso EDESUR-CCC-LPN-2025-0039, modifica el contenido del Sobre A y la metodología de evaluación técnica. Exige un catálogo del fabricante con marca, modelo o tipo y características de los bienes, y establece que solo será subsanable la falta de presentación del catálogo.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Permite completar después del plazo de oferta la presentación del catálogo que acredita la marca, el modelo/tipo y las características de los bienes ofrecidos..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Contenido de la Oferta Técnica «Sobre A», numeral 2, inciso C, punto 10; y metodología de evaluación técnica, numeral 3, punto 13.1.3Catálogo del fabricante y datos de identificación de los bienes ofertados
El texto anterior no se reproduce en el documento.
Se exige catálogo del fabricante que indique marca, modelo/tipo y características que comprueben la información de la ficha técnica.
Endurece
Contenido de la Oferta Técnica «Sobre A», numeral 2, inciso C, punto 10; y metodología de evaluación técnica, numeral 3, punto 13.1.3Subsanabilidad de la falta del catálogo
El texto anterior no se reproduce en el documento.
La enmienda indica que solo será subsanable la falta de presentación del catálogo.
RelajaQuita un control: Permite completar después del plazo de oferta la presentación del catálogo que acredita la marca, el modelo/tipo y las características de los bienes ofrecidos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona