El Acto Administrativo núm. 161-2025, fechado el 16 de septiembre de 2025, aprueba el informe definitivo de evaluación y adjudica el procedimiento DGII-CCC-PEPB-2025-0001 a 111 oferentes para colocar publicidad institucional durante seis meses. La tabla consigna adjudicaciones de distintos montos y programas; entre ellas, RD$283,200 a Ramón Antonio López Guichardo.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$283,200 a Ramón Antonio López Guichardo. Según la señal ya registrada para este proceso, el adjudicatario estaba suspendido por el régimen de prohibiciones relacionado con un cargo público; la nueva decisión consigna la adjudicación concreta y su monto.
“88 | Ramón Antonio López Guichardo | 100615 | Informando con Papiné, lunes a viernes de 6:00 a 7:00am por la 99.5FM | 47,200.00 | 283,200.00”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 14 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 14
ART. 14. No podrán ser oferentes ni contratar con el Estado las siguientes personas: 1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Subcontralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del…
El acta adjudica el mismo programa, canal y horario a dos oferentes distintos, por RD$495,600 y RD$318,600. Conviene comprobar si corresponden a inventarios publicitarios diferenciados, pues la tabla no distingue una franja, cantidad de cuñas u otro elemento que separe ambos servicios.
“7 | Ángel Corporán Monego … 75244 | Amaneciendo Con TRN, de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 9:00 a.m., Tele Radio Norte canal 22 | 82,600.00 | 495,600.00 … 45 | Hugo Estragildo López Morrobel … 16957 | Amaneciendo Con TRN, de lunes a”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal
El acta consigna 111 adjudicatarios, mientras que el listado de ofertas registradas entregado del portal presenta 39 oferentes; incluye, por ejemplo, adjudicatarios que no aparecen en ese listado. Podría tratarse de ofertas en soporte papel o de información incompleta o desactualizada del portal; conviene cotejar el expediente electrónico y las ofertas recibidas antes de concluir que existe una discrepancia sustantiva.
“1 | A1 Productions, SRL | | 10206 | Noche de Luz, domingos de 10:00 p.m. a 11:00 p.m. en Antena 7 | 70,800.00 | 424,800.00 2 | Adalberto De la Rosa Peña | 42200 | Por Dos, La Revista Radial, por los 540 AM de Radio ABC (sábados de 8:00 a 9:”
Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 109 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 109 — Formato de presentación de propuestas
Artículo 109. Formato de presentación de propuestas. Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. Párrafo. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación del pliego de condiciones y sus enmiendas o adendas, normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la propuesta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona