El acta aprueba el informe definitivo de evaluación económica y adjudica a Servicios Electromecánicos Rodríguez Santos (SERTOS), S.R.L. la adquisición e instalación de shutters por RD$12,953,485.40, con impuestos incluidos, frente a un presupuesto de RD$13,000,000. El documento identifica cuatro oferentes presentados, pero solo a SERTOS como habilitado para la apertura económica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que la garantía de SERTOS vencía el mismo día de su inicio, pero la oferta figura como cumplidora y la empresa fue adjudicada. El pliego indicado en el expediente requería vigencia hasta 20 días después de la fecha prevista para suscribir el contrato; el cronograma fijaba esa suscripción para el 21/10/2025. La garantía descrita no cubría ese período y el acta no consigna una extensión.
“Este oferente depositó junto a su oferta la Garantía de la Seriedad de la Oferta, Fianza número: 1-700-21561, por un valor de Ciento Treinta Mil Pesos Dominicanos con 00/100 (RD$130,000.00) y una vigencia desde el 17/09/2025 hasta el 17/09/”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
El acta registra cuatro oferentes presentados y solo SERTOS habilitado para la apertura económica, por lo que la competencia efectiva para la comparación de precios quedó reducida a una oferta. El acta no individualiza los resultados técnicos de los otros participantes; conviene contrastar la decisión con el informe técnico del expediente.
“indicando que en este proceso se presentaron cuatro (04) oferentes. … siendo calificada la empresa SERVICIOS ELECTROMECANICOS RODRIGUEZ SANTOS (SERTOS), S.R.L. como el Oferente habilitado para la apertura de la Oferta Económica (Sobre B) y ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Servicios Electromecánicos Rodríguez Santos (SERTOS), S.R.L.El acta lo identifica como el único oferente habilitado para la apertura económica y adjudica su oferta por ser la más favorable y cumplir, según el acta, con las condiciones del pliego.
Adjudicado
—
RD$12,953,485
Caribbean Home Products CHP, SRLEl acta señala que solo SERTOS fue habilitado para la apertura económica; no individualiza la razón de la no habilitación de este oferente.
No habilitado
—
—
Jaz Industrial, SRLEl acta señala que solo SERTOS fue habilitado para la apertura económica; no individualiza la razón de la no habilitación de este oferente.
No habilitado
—
—
TERRA SHUTTERS TS SRLEl acta señala que solo SERTOS fue habilitado para la apertura económica; no individualiza la razón de la no habilitación de este oferente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona