La Circular No. 01, de 2025-10-07, responde consultas sobre las fichas técnicas de los ítems 9 y 13 y la entrega de manuales. El SNS indicó que volvería a cargar las fichas y que enmendaría la del ítem 13, sin precisar el contenido final de esos cambios; además, aceptó manuales digitales si conservan íntegro el contenido del fabricante en español o inglés.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Un participante alega que el ítem 13 menciona el software VC2, que atribuye como exclusivo de VITEK 2, y exige dos años de vida útil para insumos que afirma no encontrar en el mercado. El Comité anuncia una enmienda, pero esta circular no permite comprobar cómo quedaron esos requisitos; conviene contrastar la ficha final con la enmienda publicada.
“En el presente proceso se ha identificado que se hace referencia al Software VC2 actualizado, el cual constituye un programa de uso exclusivo de la marca VITEK 2. ... Respuesta: Se realizará una enmienda de la ficha técnica del ítem .”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Un participante informó que las fichas disponibles en el portal no eran completamente legibles y que algunas hojas parecían faltar; el SNS respondió que volvería a cargarlas. La legibilidad y disponibilidad de las especificaciones son relevantes para que los interesados puedan preparar sus ofertas, aunque la respuesta anuncia una medida correctiva.
“las disponibles en el portal de compras no se encuentran completamente legibles y algunas hojas parecen estar faltantes. ... Respuesta: Las fichas técnicas serán cargadas nuevamente.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 91 — Publicidad de la convocatoria
Artículo 91. Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en los procedimientos de selección ordinarios y de excepción deberá generarse a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y del portal web de la institución contratante. Conjuntamente con la convocatoria, deberán hacerse disponibles los pliegos de condiciones a través de los medios indicados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona