La Enmienda No. 01 del proceso UTECT-CCC-SI-2025-0003, fechada el 6 de octubre de 2025, modifica el cronograma, precisa el criterio de adjudicación y ajusta especificaciones técnicas y documentos de solvencia. Entre otros cambios, fija la presentación de ofertas para el 9 de octubre y extiende a un mínimo de un año la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Modifica los medios de verificación de solvencia económica y referencias comerciales; admite documentación alternativa a los estados financieros requeridos..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El cronograma deja dos días entre la fecha límite para emitir enmiendas y la presentación de ofertas. En ese intervalo se modifican varias especificaciones técnicas y se admiten medios alternativos para acreditar solvencia y referencias; corresponde revisar si el tiempo concedido fue proporcional a la complejidad de los cambios, sin que el documento permita concluir por sí solo que fue insuficiente.
““Plazo maximo para expedir Emision de Circulares,Enmiendasy/o Adendas 07/10/2025 10:30” … “Presentacion de ofertas 09/10/202510:30””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Cronograma de actividadesFechas para ofertas y etapas del procedimiento
La recomendación citada indica presentación de ofertas el 08/10/2025 a las 15:30, tras la enmienda prevista para el 07/10/2025 a las 10:30.
La enmienda fija presentación de ofertas el 09/10/2025 a las 10:30 y actualiza las fechas de evaluación, subsanación, subasta, adjudicación y formalización.
Neutral
Pliego de condicionesParticipación de MIPYMES
La ficha indicaba que el proceso no estaba dirigido a MIPYMES, formulación que la recomendación de la DGCP señala que podía prestarse a confusión.
Se aclara que no está dirigido exclusivamente a MIPYMES, pero que cualquier proveedor que cumpla los requisitos, incluidas las MIPYMES, puede participar.
Aclara
Criterio de adjudicaciónUnificación del criterio entre ficha técnica y pliego
La ficha técnica indicaba «mejor calidad y menor costo ofertado», mientras el pliego indicaba menor precio en la puja.
Prevalece el criterio del pliego: adjudicar al oferente que cumpla las especificaciones técnicas y presente el menor precio en la puja.
Aclara
Pliego de condiciones, numeral 10, página 24Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Vigencia de tres meses, pese a que el contrato tendría una vigencia de un año.
Vigencia mínima de un año, contada desde su constitución y hasta el fiel cumplimiento y liquidación del contrato.
Endurece
Especificaciones técnicas, ítems 1 y 2Requisitos de vehículos
Especificaciones originales de los ítems 1 y 2; esta enmienda no reproduce íntegramente sus valores anteriores.
Ítem 1: tanque desde 42 galones, motor diésel de 4 a 6 cilindros, bolsas de aire y guía hidráulica opcionales, potencia máxima de 210 hp. Ítem 2: motor diésel desde 2.0 cc, altura de 1.980 a 2.350 mm, puerta automática opcional y frenos delanteros de disco ventilado y traseros de tambor.
Relaja
Requisitos financieros y de referencias comercialesDocumentación alternativa para oferentes nuevos
El pliego requería estados financieros; esta enmienda no detalla íntegramente los medios de acreditación anteriores para referencias y respaldo económico.
Se permiten estados financieros mensuales firmados por CPA junto con certificaciones bancarias; también cartas de referencia comercial, constancias de compras de vehículos en almacén y contratos con compradores.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
RelajaQuita un control: Modifica los medios de verificación de solvencia económica y referencias comerciales; admite documentación alternativa a los estados financieros requeridos.