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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de Condiciones SI 2025 0002.pdf

Adquisición de unidad de Transporte para la movilidad de los colaboradores del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) · Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre

Publicado el 6 oct de 202536 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INTRANT-CCC-SI-2025-0002

Lo que dice

El pliego de septiembre de 2025 establece una subasta inversa electrónica para adquirir un autobús, con presupuesto estimado de RD$9,767,560. Fija la recepción de ofertas hasta el 9 de octubre de 2025 y una puja de 60 minutos para el 6 de noviembre; también define requisitos técnicos, financieros y de elegibilidad para los participantes.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Requisitos de concesionario autorizado y cuatro centros de servicio

Documento del 6 oct 2025 · hace 1 año

Para una sola unidad, el pliego exige autorización del fabricante para comercializar como concesionario y un mínimo de cuatro centros autorizados en distintas localidades. Estas condiciones pueden limitar la participación a distribuidores con una red extensa; conviene verificar su proporcionalidad y cuántos proveedores del mercado las satisfacen.

“Certificación del fabricante, sellada y firmada, por medio de la cual el fabricante autoriza al Oferente a comercializar en República Dominicana, en calidad de concesionario autorizado los Vehículos ofertados. … Documento que acredite que c” (pág. 10, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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A revisarHallazgo en documentos

Prohíbe participar a empresas con cualquier socio en común

Documento del 6 oct 2025 · hace 1 año

El pliego excluye simultáneamente a empresas por coincidir en alguno de sus socios, sin limitar la prohibición a una misma persona que presente más de una oferta ni distinguir entre participación común y control efectivo. La amplitud de esta restricción puede reducir la competencia y merece revisión de su justificación y aplicación.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.” (pág. 33, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Exige inscripción previa en el RPE

Documento del 6 oct 2025 · hace 1 año

El pliego exige estar previamente inscrito para participar. La Ley 340-06 permite presentar la solicitud de inscripción junto con la oferta, y el Reglamento 416-23 contempla formalizarla durante la subsanación; exigir la inscripción previa puede excluir a potenciales oferentes que aún no la hayan completado.

“a) Estar previamente inscrito en el Registro de Proveedores del Estado.” (pág. 8, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 7 · Reglamento 416-23, art. 16 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 7

ART. 7. Las personas naturales o jurídicas interesadas en participar en cualquier proceso de compra o contratación deberán estar inscritas en el Registro de Proveedores del Estado, o conjuntamente con la entrega de ofertas deberán presentar su solicitud de inscripción. PÁRRAFO. Los reglamentos de esta ley establecerán la organización del Registro, sus funciones y procedimientos, incluyendo el de inhabilitación, siempre observando el criterio de simplificación administrativa.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 16 — De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado

Artículo 16. De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado. Las personas físicas o jurídicas interesadas en hacer ofertas de bienes, servicios, y ejecución de obras, deberán estar inscritas en el correspondiente registro o, conjuntamente con la entrega de su oferta, presentarán copia de la solicitud de inscripción, la cual deberá formalizarse durante el período de subsanación de las ofertas técnicas. Párrafo I. Podrán inscribirse en el Registro de Proveedores del Estado, personas físicas y jurídicas nacionales o extranjeras, consorcios conformados por personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras, asociaciones sin fines de lucro y cooperativas, así como otras personas…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Otros documentos del proceso (12)

  • Certificación de Fondos.pdfCertificación de fondos · 26 sept de 2025 · 1 señal
  • Resol. 064-2025 Acta de Inicio.pdfInforme pericial · 26 sept de 2025 · 2 señales
  • Resol. 064-2025 Acta de Inicio.pdfPliego · 26 sept de 2025
  • Ficha Tecnica.pdfPliego · 26 sept de 2025 · 1 señal
  • Solicitud de compra.pdfSolicitud de compra · 26 sept de 2025 · 1 señal
  • Convocatoria.pdfDocumento · 26 sept de 2025
  • Pliego de condiciones.pdfPliego · 26 sept de 2025 · 1 señal
  • Formularios y Anexos.zipDocumento · 26 sept de 2025
  • Convocatoria SI 2025 0002.pdfDocumento · 6 oct de 2025
  • Enmienda num 01 2025 INTRANT-CCC-SI-2025-0002.pdfEnmienda · 6 oct de 2025 · 3 señales
  • Certificacion No objecion..pdfAutorización · 6 oct de 2025 · 1 señal

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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Resol. 130-2025- Acto declaratoria desierto SI 2025 0002.pdf
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