El acta del 8 de septiembre de 2025 aprueba el informe de evaluación y adjudica los lotes del proceso INFOTEP-DAF-CM-2025-0083 a Fabregas Services, SRL (RD$1,588,752.00), Gestión Energética e Industrial Suaport GEISA, SRL (RD$23,237.91) y Ramírez & Mojica Envoy Pack Courier Express, SRL (RD$24,732.80). Registra una inversión total de RD$1,636,722.71 y señala que la adjudicación se decidió por cumplimiento técnico y menor precio evaluado.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (18 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El proceso se suma a otros dos procesos del INFOTEP, convocados el 13 y 14 de agosto de 2025 para equipos y herramientas de electricidad de uso didáctico, con estimados de RD$1,200,000 y RD$1,500,000. Junto con los RD$1,860,000 estimados de este proceso, totalizan RD$4,560,000, por encima del umbral 2025 de Comparación de Precios para bienes (RD$1,860,642.56); corresponde verificar si pertenecen al mismo rubro-clase y si concurre alguna circunstancia que justifique convocarlos por separado.
“PROCEDIMIENTO DE COMPRA MENOR INFOTEP-DAF-CM-2025-0083” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 10 · Reglamento 416-23, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 10
ART. 10. La autoridad administrativa con capacidad de decisión en un organismo público no permitirá el fraccionamiento de las compras o contrataciones de bienes, obras o servicios, cuando éstas tengan por objeto eludir los procedimientos de selección previstos en esta ley para optar por otros de menor cuantía. PÁRRAFO. Las compras y contrataciones públicas comprendidas en esta ley se desarrollarán en todas sus etapas en un contexto de transparencia que se basará en la publicidad y difusión de las actuaciones derivadas de la aplicación de esta ley, la utilización de la tecnología informática que permita aumentar la eficiencia de los procesos y facilitar el acceso de la sociedad a la…
Artículo 87. Fraccionamiento. Se presumirá que existe fraccionamiento, cuando en un lapso menor de tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria, se realice otra convocatoria dentro del mismo año presupuestario para la compra o contratación de bienes, servicios u obras pertenecientes a un mismo rubro-clase. Párrafo. No existirá fraccionamiento: 1. En aquellos procedimientos donde se divida la contratación por etapas posibles, o cuando la convocatoria se regionalice para que participen personas domiciliadas en la región, provincia o municipio, para propiciar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y la contratación de pequeños productores.…
El acta adjudica a Ramírez & Mojica los ítems de anemómetro y multímetro. Según el RPE consultado el 2026-10-18, la empresa figura actualmente solo con el rubro Servicios, y la DGII consultada el 2026-10-12 registra actividad de mensajería; como estos datos son posteriores al proceso, conviene verificar la clasificación y capacidad acreditadas al ofertar.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 23 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 23 — Naturaleza no habilitante del Registro de Proveedores del Estado
Artículo 23. Naturaleza no habilitante del Registro de Proveedores del Estado. La inscripción en el Registro de Proveedores del Estado no sustituye la presentación de credenciales, evaluación de la capacidad técnica, financiera y de experiencia que pueda tener un interesado en participar, ni que cumple con los requisitos exigidos en las bases de la contratación para resultar adjudicatario.
Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.
Oferentes que registra (6)
3 adjudicado · 3 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Fabregas Services, SRLAdjudicado para los ítems 1 y 2 por RD$1,588,752.00; el acta indica cumplimiento de las especificaciones y menor precio evaluado.
Go2up Ingeniería y Consultoría, SRLEl acta lo menciona entre los oferentes cuyas propuestas fueron recibidas y abiertas, pero no especifica su resultado individual.
Mencionado
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Sivinox, SRLEl acta lo menciona entre los oferentes cuyas propuestas fueron recibidas y abiertas, pero no especifica su resultado individual.
Mencionado
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Simbel, SRLEl acta lo menciona como proveedor invitado; no indica que presentara oferta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona