El Acto Administrativo núm. AA-PU-38-2025, de fecha 2025-07-24, declara procedente la excepción por proveedor único para alquilar el local comercial de Villa Mella a Grupo Civiles & Eléctricos Grucidelca, SRL, por RD$13,464,333.50. Aprueba la ficha técnica y el pliego, designa peritos y, a la vez, ordena publicar una convocatoria para recibir ofertas y procurar mayor participación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto declara la excepción por proveedor único, pero también ordena publicar una convocatoria para presentar ofertas y procurar mayor participación. La selección directa se define como adjudicación sin llamado público y abierto; conviene verificar qué modalidad se ejecutó y cómo se compatibilizó esa convocatoria con la excepción aprobada.
“PRIMERA RESOLUCIÓN: DECLARAR, el uso de la excepción por proveedor único para los SERVICIOS DE ALQUILER PARA LOCAL COMERCIAL DE VILLA MELLA al proveedor único y por la suma según detallamos a continuación: … QUINTA RESOLUCIÓN: ORDENAR la Ge”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 50 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa
Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
El acto compara el pago mensual vigente de RD$338,969.43 con una propuesta de RD$374,009.26, un aumento aproximado de 10.3% para la renovación de tres años. El incremento puede responder a condiciones legítimas de renovación, pero merece contrastarse con el análisis de costos y mercado que sustentó el monto.
“Actualmente se provee entre otras cosas, el pago de la cantidad de … RD$338,969.43 mensual por concepto de alquiler del local comercial. El Propietario del local comercial nos proponen para la renovación del Contrato, el pago mensual de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…
Oferentes que registra (1)
1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Grupo Civiles & Eléctricos Grucidelca, SRLEl acto declara el uso de la excepción por proveedor único y lo identifica como proveedor propuesto; no contiene la adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona