El pliego fija las condiciones de una comparación de precios para alquilar una flotilla de vehículos durante dos meses y establece un valor referencial de RD$5,580,000.00, impuestos incluidos. El cronograma prevé recibir ofertas el 9 de octubre de 2025 y adjudicar el 6 de noviembre; el documento también define requisitos técnicos, financieros y de evaluación. Se observan una contradicción en el criterio de endeudamiento y un plazo de consultas que parece reducir la oportunidad prevista para pedir aclaraciones.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija un valor referencial de RD$5,580,000.00. Según el portal, el contrato registrado a favor de Ozavi Rent Car, SRL asciende a RD$7,440,000: RD$1,860,000 más, aproximadamente 33.3% por encima del valor del pliego; conviene contrastarlo con el alcance finalmente contratado y la adjudicación.
“El valor referencial para esta compra asciende a la suma de CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$5,580,000.00), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del serv”
El pliego establece un límite de endeudamiento menor a 0.80, pero la matriz dice que cumple quien obtiene un valor igual o superior a 0.80 y que no cumple quien queda por debajo. La contradicción puede alterar qué oferentes superan la evaluación financiera.
“Índice de endeudamiento = PASIVO TOTAL / PATRIMONIO NETO. Límite establecido: Menor 0.80 Mayor o igual que > 0.80 (Cumple) Menor que < 0.80 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El pliego cierra las consultas el 2 de octubre y recibe ofertas el 9 de octubre. El artículo 105 del Reglamento permite solicitar aclaraciones hasta la fecha que coincida con el 50% del plazo para presentar ofertas; la fecha indicada parece anticipar significativamente ese punto y limitar el tiempo disponible para consultas.
“2. Período para realizar consultas y/o aclaraciones por parte de los(as) interesados(as). 02-10-2025 11:00 a.m. … 4. Recepción de propuestas de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica) y de las muestras 9-10-202”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 105 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 105 — Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta
Artículo 105. Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta. Los interesados podrán solicitar a la institución contratante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, de las especificaciones, fichas técnicas y los términos de referencia, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50 %) del plazo para presentación de ofertas. La institución deberá dar respuesta a tales solicitudes a más tardar en la fecha que represente el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de propuestas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona