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Abriendo la ficha…

Acta de adjudicación · Acta 121

Acta 121 Adjudicacion.pdf

Adquisición del sesenta y siete por ciento (67%) de participación del derecho de propiedad sobre inmueble registrado para la Superintendencia del Mercado de Valores (SIMV). · Superintendencia de Valores

Publicado el 30 sept de 2025Fechado el 29 sept de 20257 páginasEn el mensaje «Informe final de la selección DO1.AWD.1835942»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SIV-CCC-PEPU-2025-0009

Lo que dice

El Acta núm. 121, de 2025-09-30, aprueba el informe definitivo de evaluación y adjudica el procedimiento de proveedor único SIV-CCC-PEPU-2025-0009 a Manuel Antonio Clímax Henríquez Álvarez. El monto adjudicado es RD$50,250,000.00 por la adquisición del 67% de participación del derecho de propiedad sobre un inmueble. También ordena notificar la adjudicación y publicarla en los portales institucional y de la DGCP.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$50.3 millones

Oferta adjudicada por el monto exacto estimado

Documento del 30 sept 2025 · hace 1 año

El acta adjudica RD$50,250,000.00, igual al monto estimado que registra el portal. En un procedimiento directo de proveedor único, esta coincidencia no demuestra por sí sola una irregularidad, pero merece verificar cómo se determinó el precio y si la tasación respaldó el monto.

“Adjudicar al oferente Manuel Antonio Clímax Henríquez Álvarez, el procedimiento de Excepción por Proveedor Único para la adquisición del sesenta y siete por ciento (67%) de participación del derecho de propiedad sobre inmueble registrado pa”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

El aviso de recurso indica la vía jerárquica como primera instancia

Documento del 30 sept 2025 · hace 1 año

El acta informa que la decisión puede recurrirse directamente mediante recurso jerárquico. El Reglamento 416-23 establece como primera etapa la impugnación ante la institución contratante y contempla el recurso jerárquico contra la respuesta o el silencio de esa institución; conviene verificar que el aviso no induzca a error sobre las vías disponibles.

“Informar que este acto administrativo del Comité de Compras y Contrataciones puede ser recurrible en sede administrativa, a través de la interposición de un recurso jerárquico en el plazo de diez (10) días, según establece el numeral 1 del ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 214 · Reglamento 416-23, art. 215 · Reglamento 416-23, art. 218 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 214 — Vías recursivas

Artículo 214. Vías recursivas. Las vías recursivas en sede administrativa son los procedimientos permitidos por la ley y el presente reglamento, que tienen por objeto la impugnación de los actos administrativos ante la propia institución contratante o ante la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector, con el fin de ejercitar un derecho afectado por las partes que resulten perjudicadas y que buscan obtener la modificación o revocación del referido acto administrativo. Párrafo. En la materia, el proceso recursivo se divide en dos instancias o etapas: 1) La primera etapa que se debe agotar es el recurso de impugnación ante la propia institución contratante. 2) De no estar…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación

Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…

ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Un día entre convocatoria y cierre de ofertas según el portal

Documento del 30 sept 2025 · hace 1 año

El portal registra convocatoria el 2025-09-22 y cierre el 2025-09-23; el acta confirma que la propuesta se recibió el día 23. Aunque el procedimiento fue de selección directa por proveedor único y no consta un mínimo general de días para este supuesto, el plazo tan breve merece verificarse frente a la proporcionalidad requerida para el caso.

“Que en fecha veintitrés (23) de septiembre del año dos mil veinticinco (2025), de conformidad con el Cronograma de Actividades, se realizó la Recepción y Apertura de Propuesta Técnica “Sobre A” y Económica “Sobre B”, por ante el notario púb”

Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción

Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…

Texto oficial completo

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Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Manuel Antonio Clímax Henríquez ÁlvarezEl Comité consigna que cumplió los criterios establecidos en las Especificaciones Técnicas y los aspectos técnicos, legales y financieros.Adjudicado—RD$50,250,000

Otros documentos del proceso (19)

  • Acta 105 de inicio.pdfPliego · 19 sept de 2025
  • Acta_designacion_de_peritos.pdfInforme pericial · 19 sept de 2025 · 1 señal
  • Certificacion de fondos.pdfCertificación de fondos · 19 sept de 2025
  • Compromiso-etico.pdfDocumento · 19 sept de 2025
  • Especificaciones Tecnicas.pdfPliego · 19 sept de 2025 · 2 señales
  • Estudio_Previo.pdfEstudio previo · 19 sept de 2025 · 1 señal
  • Informe_Justificativo.pdfInforme justificativo · 19 sept de 2025
  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 19 sept de 2025 · 1 señal
  • FORMULARIOS.zipDocumento · 19 sept de 2025
  • Invitacion.pdfDocumento · 19 sept de 2025
  • Convocatoria.pdfDocumento · 19 sept de 2025
  • Acta 105 de inicio.pdfActa · 19 sept de 2025

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Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 218 — Recurso jerárquico o de apelación

Artículo 218. Recurso jerárquico o de apelación. El recurso jerárquico procederá contra los actos administrativos emitidos por las instituciones contratantes como resultado del recurso de impugnación, o como consecuencia del silencio administrativo, si la institución contratante no ha contestado la impugnación, deberá interponerse ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto íntegro que resuelve la impugnación y establece la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la…

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Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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  • Anexo 9. Tazacion.pdfDocumento · 23 sept de 2025
  • Titulos de propiedad.pdfDocumento · 23 sept de 2025
  • Cuota compromiso.pdfDocumento · 30 sept de 2025
  • Acta 121 Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Contrato Manuel Privado.pdfContrato · —
  • Cuota compromiso.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —